La Ciudad

Esperan sancionar la ley para poner cámaras en los colectivos

El objetivo de la misma sería brindar mayor seguridad a los usuarios y a los propios trabajadores. "Buscamos medidas que alejen la delincuencia del transporte público", aseguró el diputado de la UCR Maximiliano Abad

El diputado Maximiliano Abad confió en que antes de fin de año la Legislatura pueda sancionar en ley el proyecto para dotar con cámaras de seguridad a todos los colectivos de las líneas urbanas e interurbanas de la provincia de Buenos Aires con el objetivo de brindar mayor seguridad a los usuarios y a los propios trabajadores.

Se trata de “un trabajo de Martín Domínguez Yelpo, en el que colaboramos otros diputados y asumimos el compromiso de avanzar lo más rápido posible para garantizar el trabajo de colectiveros y la tranquilidad de pasajeros“, explicó Abad.

Luego del apoyo al proyecto brindado por el ministro de Seguridad, Cristian Ritondo, en la reunión que mantuvo con el secretario General de la Unión Tranviarios Automotor, Roberto Fernández, y el secretario Adjunto, Daniel Domínguez, los legisladores de Cambiemos se entusiasmaron en “tener pronto esta herramienta”.

El flamante secretario de la UCR bonaerense detalló que “la idea principal es prevenir o disuadir diferentes situaciones de inseguridad que se generan“, ya que “diariamente vemos como colectivos son agredidos por delincuentes, que también lo sufren los usuarios y buscamos medidas que alejen la delincuencia del transporte público, protegiendo la vida del trabajador y de quien se sube al colectivo“.

Por su parte, el diputado Domínguez Yelpo afirmó que “es un trabajo mancomunado con el Ejecutivo, toda la Cámara de Diputados, y el aporte del gremio en beneficio de la seguridad de los trabajadores y los usuarios del transporte público”.

El Proyecto

El proyecto establece, en su artículo N° 1, que “las unidades de transporte de colectivo de pasajeros que presten servicio dentro del territorio de la Provincia de Buenos Aires, deben contar con cámaras de seguridad en el interior de cada vehículo, que filmen en tiempo real y almacenen las imágenes durante un período cierto, en las condiciones que establezca la reglamentación”.

“El incumplimiento de la presente normativa acarrea la inhabilitación para la circulación de las unidades dentro del territorio de la Provincia de Buenos Aires, y será considerada infracción al régimen legal de transporte en los términos de artículo 58 del Decreto-Ley 16378/57 (Texto según Ley 10456)”, añade el mismo.

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