El País

Extienden hasta 2028 la vigencia del Plan Gas.Ar

La iniciativa posibilita el transporte de una creciente producción de gas natural no convencional desde la Cuenca Neuquina.

El Gobierno extendió hasta 2028 la vigencia del Plan Gas.Ar, con el propósito de “seguir sosteniendo las inversiones en las obras de infraestructura necesarias para incrementar la capacidad de transporte de gas natural”, a través del decreto de necesidad y urgencia 730/2022, publicado en el Boletín Oficial.

La extensión del plan se fundamentó en que las nuevas obras del Gasoducto Presidente Néstor Kirchner y otras complementarias “posibilitarán el transporte de una creciente producción de gas natural no convencional desde la Cuenca Neuquina”.

El DNU actual modifica algunos aspectos del DNU 892/2020, en el que se formulan “las modificaciones y aclaraciones que sean conducentes a los fines de poder dotar de manera anticipada y planificada de herramientas legales que garanticen previsibilidad, certeza y confiabilidad a las operaciones futuras que se realicen en el sistema”.

El nombre completo de lo que se conoce como Plan Gas, pasará a ser Plan de Reaseguro y Potenciación de la Producción Federal de Hidrocarburos, el Autoabastecimiento Interno, las Exportaciones, la Sustitución de Importaciones y la Expansión del Sistema de Transporte para todas las Cuencas Hidrocarburíferas del País 2023-2028.

Entre las principales modificaciones, además de extender el plazo hasta 2028, establece que la producción, que en el decreto anterior tenía una base de 70 millones de metros cúbicos diarios, seguirá siendo establecido por la Secretaría de Energía, pero sin dar precisiones sobre un volumen determinado.

También se modifica el inciso del artículo 4 que abre la posibilidad de otorgarle a las empresas “condiciones preferenciales” para la exportación de gas: en la norma anterior se fijaba un tope de 11 millones de m3 diarios, que no figura en el nuevo DNU en el que, además, se especifican detalles en cuanto a la asignación de cupos por cuenca.

Esa especificación obedeció, según los considerandos de la norma, a que “se ha observado una dinámica diferenciada entre las distintas cuencas productivas, donde la Cuenca Neuquina se destacó por su crecimiento y sus mejoras de productividad, al tiempo que las demás cuencas han enfrentado dificultades para revertir su declino tendencial”.

Esa situación “impele a tomar las medidas conducentes con el fin de incentivar la producción de gas natural en cada una de las cuencas del país”.

“Por ello, y atento la importancia que reviste estimular políticas proclives al desarrollo federal de los recursos energéticos, resulta oportuno, meritorio y conveniente contemplar la realidad de cada una de las cuencas productivas del país, a los efectos de propender a la potenciación de la actividad hidrocarburífera”, indicó el decreto.

La nueva norma también establece que los usuarios no domésticos que no tienen una cantidad contractual mínima de abastecimiento (Servicio General P3 Grupos I y II) que revistan esa condición al 1º de mayo de 2021 formarán parte de la demanda prioritaria, deberán ser abastecidos bajo la modalidad de Servicio Completo.

“Se han evidenciado importantes incrementos en la inyección de gas natural producto de la ejecución del Plan Gas.Ar durante los años 2020 y 2021, en particular en la Cuenca Neuquina”, indicó el DNU en sus considerandos.

En consecuencia sostuvo que “resulta prioritario y urgente conformar demanda para volúmenes incrementales que puedan evacuarse en uso de la nueva capacidad de transporte en el sistema”.

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