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El País 16 de julio de 2018

Gobierno reglamenta ley de fomento a la marina mercante nacional

La Casa Rosada dispuso que la Subsecretaría de Puertos, Vías Navegables y Marina Mercante, del Ministerio de Transporte, será la autoridad de aplicación de esa disposición.

El Gobierno reglamentó hoy la ley de desarrollo de la marina mercante nacional, que tiene por objetivo el “fomento de la incorporación de buques y artefactos navales construidos en el país”.

La medida se tomó a través de un decreto publicado este lunes en el Boletín Oficial, con las firmas del presidente Mauricio Macri; del jefe de Gabinete, Marcos Peña y del ministro de Transporte, Guillermo Dietrich.

Se trata de la ley 27.419, vinculada al “desarrollo de la marina mercante nacional y la integración fluvial regional”.

Esa ley, según el decreto “tiene por objeto, entre otras cuestiones, la consolidación y el incremento de su participación en los fletes generados por el cabotaje nacional, los tráficos bilaterales y multilaterales y los tráficos internacionales y el fomento de la incorporación de buques y artefactos navales construidos en el país a la marina mercante nacional”.

Por estos motivos, el Poder Ejecutivo consideró “imprescindible proceder a la reglamentación, a fin de regular aquellos aspectos necesarios para su efectiva y eficiente ejecución, así como precisar los alcances de su contenido, en particular y entre otras cuestiones, en lo referente a su autoridad de aplicación y los beneficios allí establecidos”.

En ese sentido, la Casa Rosada dispuso que la Subsecretaría de Puertos, Vías Navegables y Marina Mercante, del Ministerio de Transporte, será la autoridad de aplicación de esta ley.

El Gobierno aclaró que el decreto “regula distintos artículos que resultan indispensables para la continuidad de la actividad del sector, que hacen operativa las finalidades que tuvo en mira la Ley N° 27.419, y cuya celeridad amerita la continuidad del presente”.



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