Habilitan a dos represores a cumplir prisión domiciliaria
Se trata de Juan Arturo Alomar y Guillermo Pazos, quienes fueron sentenciados a fines de 2017 y cumplirán sus condenas por delitos de lesa humanidad en sus respectivos domicilios.
El Tribunal Oral Federal 5 de la Ciudad de Buenos Aires habilitó a los represores condenados por crímenes en la Escuela de Mecánica de la Armada Juan Arturo Alomar y Guillermo Pazos a cumplir en sus respectivos domicilios las condenas que recibieron a fines del año pasado por delitos de lesa humanidad.
Alomar, de 70 años, condenado a trece años de cárcel, se le permitió cumplir la condena en su casa de Bahía Blanca, junto a su esposa Adriana Bilbao, debido a que la mujer presenta un trastorno depresivo.
Según publicó el diario Página 12, los informes médicos presentados señalaron que la mujer presenta un trastorno depresivo y que es “muy vulnerable al estrés” lo que se incrementa “luego de cada viaje a Buenos Aires para visitar a su cónyuge”.
De acuerdo con el criterio de los magistrados, Bilbao “requiere, para estabilizarse, de efectiva contención y acompañamiento de su esposo” y esto a pesar de que el matrimonio tiene “numerosos hijos”.
Los mismos se encuentran “imposibilitados de cuidar a su madre” por tener la mayoría sus respectivas familias, indicó la resolución.
Con ella vive la hija menor, pero “está dedicada a finalizar sus estudios”, se informó allí.
En el caso de Pazos, los jueces, sumado a Leopoldo Bruglia, votaron por el otorgamiento del beneficio, que encuentra su justificación en la edad “avanzada” y algunos problemas de salud.
Pazos tiene 73 años y, si bien tal como lo apuntan los jueces en su resolución, “de la junta médica practicada no se desprende que su prognosis de vida se encuentre en riesgo, las condiciones en que se desarrollan las patologías que lo afectan dificultan en grado superlativo su vida de interrelación intramuros”.
Pazos presenta “déficit de movilidad ocasionado por una afección en su rodilla derecha”.
La situación, según entendieron, “afecta su dignidad al verse precisado de la permanente asistencia de otros internos para atender sus propias necesidades”.
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