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Provincia 5 de abril de 2021

Impulsan proyectos que otorgan beneficios fiscales a 4 millones de personas

Los presentó el gobierno bonaerense e incluyen dos moratorias y una modificación en Ingresos Brutos.

Cristian Girard, director ejecutivo de ARBA.

El gobierno de Axel Kicillof envió a la Legislatura dos proyectos de ley para habilitar dos moratorias para personas y empresas, y una modificación fuerte en el impuesto a los Ingresos Brutos para simplificar su pago a los monotributistas y unificar trámites administrativos.

Cristian Girard, director ejecutivo de ARBA, estas medidas “van en línea con el trabajo que venimos haciendo desde el inicio de nuestra gestión para atender la crisis productiva que encontramos en 2019, y se amplificó con la pandemia. Así, continuamos reduciendo la presión sobre las pymes y acompañando a todos los sectores con nuevos beneficios que alcanzarán a más de 4 millones de contribuyentes”.

“Son medidas extraordinarias, en un contexto de crisis potenciado por la pandemia, que buscan sentar las bases para retomar el crecimiento, generar empleo y mejorar los ingresos de las y los bonaerenses. Por eso esperamos que la Legislatura acompañe estas propuestas con una rápida aprobación”, indicó Girard.

El detalles de las moratorias 

-El proyecto que ya está siendo tratado en la Legislatura, prevé recaudar $4 mil millones.
Primera moratoria

– Está destinada a contribuyentes afectados por la pandemia y comprenderá deudas prejudiciales de impuestos patrimoniales vencidas durante 2020. Abarca Inmobiliario (incluye todas las plantas, tanto en su componente básico como complementario), Automotores y Embarcaciones Deportivas.

– La financiación incluye la condonación de multas, intereses y recargos, segmentado por la capacidad de pago de los contribuyentes, teniendo en cuenta su patrimonio y/o sus niveles de ingresos.

– La moratoria será progresiva en el sentido de que los que tengan menos patrimonios tendrán más beneficios y también ayudará más a los que más sufrieron por la pandemia: las micro y pequeñas empresas, las cooperativas, los contribuyentes de bajo patrimonio y aquellos que realizan actividades especialmente afectadas por el coronavirus.

– El acceso se realizará por tramos y de acuerdo a seis segmentos, y habrá más beneficios al principio que al final. Por ejemplo, para el segmento 1, de microempresas, habrá una reducción en el monto de los intereses del 90% en el primer tramo, 70% en el segundo y 50% en el tercero. Si se toma el segmento de medianas empresas, los porcentajes serán: 70%, 50% y 30%.

– Para los contribuyentes de Ingresos Brutos de actividades especialmente afectadas por pandemia el descuento en el monto de los intereses será 100% en los tres tramos.

Segunda moratoria

– Es para los Agentes de Recaudación de sellos e Ingresos Brutos que no ingresaron fondos retenidos en sus operaciones con contribuyentes, y otra para aquellos agentes que omitieron retener o lo hicieron por un monto menor al correspondiente.

– Se trata mayormente de Pymes que no contaban con los recursos necesarios para cargar con la responsabilidad de actuar como agentes de recaudación. Las moratorias van a incluir un alivio en los recargos para los casos de defraudación, y de recargos y multas para los casos de omisión, con mayores reducciones para las micro y pequeñas empresas.

– También, estas moratorias incluirán la condonación de multas, intereses y recargos, y estarán segmentados según el tamaño del contribuyente, de manera que los mayores beneficios se destinarán a las micro, pequeñas y medianas empresas.

Rehabilitar planes caducos

– Es para contribuyentes con planes de pago caídos durante la pandemia en el año 2020.

– La situación comprende a regímenes de regularización caducos de Impuesto Inmobiliario (básico y Complementario), Automotores, Embarcaciones Deportivas, Ingresos Brutos y Sellos.

El proyecto de simplificación tributaria que beneficiará a 1 millón de contribuyentes

– Se trata de un régimen simplificado de Ingresos Brutos para monotributistas, que permitirá reducir la informalidad a partir de la inclusión tributaria y financiera.

– Las personas alcanzadas solo deberán pagar una cuota fija mensual, según su categoría. Es decir que al abonar la obligación también estarán pagando, en ese mismo acto, la cuota correspondiente de Ingresos Brutos.

– Además, dejarán de presentar DDJJ mensuales, lo que implica una menor carga administrativa para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el fisco provincial.