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Policiales 3 de enero de 2021

Juicio por abuso en el camping no indagará en vida de la menor

En el juicio por jurados que se realizará a los tres jóvenes acusados por el hecho no debe indagarse sobre aspectos vinculados a la vida privada de la menor, para evitar su revictimización.

Foto archivo Infojus

A dos años del abuso sexual denunciado por una adolescente en un camping de la localidad balnearia de Miramar, la Justicia de Mar del Plata determinó que en el juicio por jurados que se realizará a los tres jóvenes acusados por el hecho no debe indagarse sobre aspectos vinculados a la vida privada de la menor, para evitar su revictimización.

Fabián Riquert, presidente del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 3, hizo lugar a los planteos de la defensa de la víctima y de la fiscalía, que se oponían entre otras cuestiones a la realización de nuevas pericias sobre la menor, y rechazó además que en el juicio se exponga cualquier información sobre su vida sexual previa y posterior.

Se debe rechazar cualquier nueva intervención sobre la víctima ya que se debe evitar una revictimización“, señaló el magistrado en su resolución a la que tuvo acceso Télam, tras una audiencia en la que las partes ofrecieron los medios de prueba que utilizarán en el juicio.

El juez sostuvo que basó su disposición en “las pautas asumidas por el Estado argentino” a través de convenciones internacionales “en la persecución y juzgamiento de delitos contra la integridad sexual y cuando la víctima es menor de edad”.

En ese sentido, señaló además que los testigos y peritos propuestos por la defensa de los acusados no deben referirse “a los aspectos que hagan a la vida íntima de la víctima”, y rechazó que se realice una pericia psicológica, psiquiátrica y socioambiental sobre la menor, que tenía 14 años al momento del hecho, denunciado tras los festejos de Año Nuevo en 2019 en el camping “El Durazno” ubicado sobre la ruta 11 en el ingreso a Miramar.

El juicio se realizará en los tribunales de esta ciudad y será conducido por Riquert, con intervención de los fiscales Florencia Salas y Guillermo Nicora, quienes llevaron adelante la investigación.

Un jurado popular de 12 ciudadanos y ciudadanas deberá resolver si Tomás Jaime (24), Lucas Pitman (22) y Juan Cruz Villalba (24) son responsables del delito de “abuso sexual con acceso carnal calificado“.

Los tres imputados fueron detenidos el 1 de enero de 2019 tras la denuncia por abuso sexual radicada por la adolescente en la Comisaría de la Mujer de Miramar, y estuvieron alojados en la Unidad Penal 44 de Batán hasta el 3 de mayo de ese año, cuando se les otorgó el beneficio del arresto domiciliario con monitoreo electrónico.

La modalidad de juicio por jurados había sido solicitada por las defensas de los tres acusados, representadas por Martín Bernat, Noelia Agüero y Marcelo Giménez.

El abogado de la adolescente había rechazado esta posibilidad y exigió a través de un planteo de inconstitucionalidad que el caso se resolviera a través de un juicio oral común, por considerar que esta modalidad “es inconstitucional en el caso de menores abusados”, ya que “la sentencia no puede ser apelada, lo que viola la doble instancia consagrada en la Convención Internacional de los Derechos del Niño”.

Ese planteó fue rechazado el 20 de febrero último por el juez, quien consideró que era “prematuro ante la falta de un agravio concreto”, antes de que se hubiera realizado el juicio.

El magistrado dejó abierta de todos modos la posibilidad de alegar una “cuestión federal”, en caso de una absolución, para que se analice “la colisión” entre la normativa vigente en el Código Procesal, que impide la apelación de un veredicto absolutorio del jurado, y la Ley 26.061, que establece la doble instancia como garantía para las víctimas.



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