CERRAR

La Capital - Logo

× El País El Mundo La Zona Cultura Tecnología Gastronomía Salud Interés General La Ciudad Deportes Arte y Espectáculos Policiales Cartelera Fotos de Familia Clasificados Fúnebres
Policiales 20 de marzo de 2019

La defensa pidió que Sasso sea juzgado por “homicidio culposo”

El abogado Facundo Capparelli explicó en su alegato que el siniestro vial que finalizó con la muerte de Lucía Bernaola fue "un hecho trágico no querido". Solicitó a los jueces que analicen el caso con el encuadre correcto y le dicten al imputado una sanción proporcionada.

Federico Sasso junto a su abogado.

El abogado defensor de Federico Sasso, Facundo Capparelli, orientó ayer su alegato a fundamentar por qué el de Lucía Bernaola no fue un “homicidio con dolo eventual” sino un “homicidio culposo”, figura que prevé como pena una menor cantidad de años de prisión respecto de la anterior, y solicitó que su cliente sea juzgado con el correcto encuadre del hecho para que reciba así una sanción proporcionada.

El letrado no cuestionó la autoría del hecho por parte de su cliente pero si la reconstrucción de la mecánica, la hipótesis acusatoria del fiscal Rodolfo Moure y las querellas, y sobre todo tipicidad de la causa judicial desde un comienzo. Además justificó el beneficio de arresto domiciliario recibido por Sasso y citó los motivos que tiene que para que continúe detenido de la misma forma, después del dictado de la sentencia.

La audiencia comenzó cerca de las 10 -estaba prevista para las 9- en la sala del Tribunal Oral N° 1 que integran los jueces Facundo Gómez Urso, Pablo Viñas y Juan Manuel Sueyro, quien reemplaza a su par Aldo Carnevale, de licencia. La misma se extendió durante más de cuatro horas, e incluyó un cuarto intermedio.

Capparelli había advertido, antes del inicio del alegato, que su exposición iba a ser larga y la dividió en seis partes. La primera, como se explicó previamente, consistió en cuestionar la reconstrucción de la mecánica del hecho presentada por la acusación.

Entre otras razones, para hacerlo el abogado defensor citó que varios testigos habían señalado durante el debate que, antes de producirse el siniestro vial, la madrugada del domingo 4 de junio de 2017 en la costa y Alberti, Sasso conducía en forma prudente, “respetando las señales de tránsito y los semáforos”. Y en ese contexto mencionó que sólo se tuvo para analizar el caso la velocidad en la que circulaba el automóvil (78 kilómetros por hora) y no otros elementos como la humedad y la existencia de un pozo y una boca de tormenta en el lugar, que también debieran servir, consideró, para explicar las causas del hecho.

En otro tramo de su presentación, Capparelli indicó que la Fiscalía de Delitos Culposos y los abogados Maximiliano Orsini (Verónica Borelli, madre de Lucía Bernaola), Marcelo Savioli Coll (Walter Eloy Bernaola, padre) y Mauricio Varela (amigos de la víctima que sufrieron lesiones) vertieron una acusación que viola el principio de legalidad y se vuelve inaplicable. “Prioriza la punibilidad”, expuso y agregó que esto es así porque en este caso existe “improcedencia del dolo eventual”.

Según Capparelli, esa figura delictiva no le cabe al imputado debido a que “no se probó que hubiera tenido noción del peligro representado” ni tampoco “siquiera que hubiera percibido o advertido a las víctimas”. Lo argumentó en base al sector donde se registró el impacto, “después de una curva”. Con esto intentó señalar que Sasso no podía ser consciente de que iba a causar daño a terceros porque simplemente no los había visto. En ese sentido, cuestionó a un testigo que iba en el automóvil marca Renault Clio -modificado mecánicamente- que declaró haberle advertido a su cliente que iba a gran velocidad y sostuvo que no está probado que Sasso lo haya escuchado dado que a bordo del vehículo la música estaba muy alta, como lo relataron los otros dos jóvenes que viajaban junto a ellos.

En otro orden, remarcó que los mismos amigos “lo habían visto bien para manejar”, a pesar de que habían ingerido bebidas alcohólicas. En ese aspecto, quiso dar a entender que los propios testigos tampoco tuvieron consciencia de que podía ocurrir lo que finalmente ocurrió. Además, remarcó que muchos de los que se presentaron en el debate manifestaron que “esa noche el tránsito estaba tranquilo”.

Es decir, Capparelli narró todas esas cuestiones para encuadrar lo sucedido “en un caso de culpa o imprudencia” y “para nada de dolo eventual”. Acto seguido, relató las diferencias entre esta causa con la de Lucas Carnero, condenado por atropellar y matar al policía Fabián Mendiola para esquivar un control de rutina sobre la avenida Colón.

Nulidad del test de alcoholemia

La defensa solicitó a los jueces la nulidad del test de alcoholemia realizado a Sasso, y adujo que existieron errores u omisiones procesales. Cabe destacar que al conductor que causó el grave hecho le realizaron el análisis cuando sopló por una pipeta pero se negó a la extracción sanguínea, y en ese momento la Justicia no ordenó que se llevara a cabo esa diligencia a pesar de su voluntad.

Por eso, Capparelli consideró que el resultado del test carece de real valor científico en el marco de la investigación judicial y solicitó su nulidad. Y además valoró entonces nuevamente el testimonio de los acompañantes de su cliente, quienes declararon “que lo habían visto bien, en condiciones de manejar”, en busca también de demostrar que por más que Sasso hubiera dado resultado positivo de alcoholemia podía eso no resultar una causa primordial del hecho.

Con respecto al planteo de la acusación sobre un posible abandono del lugar del imputado, una vez que había atropellado y matado a Bernaola, y herido a sus amigos, Capparelli negó rotundamente que el conductor hubiera querido huir. Para el letrado, durante el debate quedó absolutamente probado que tuvo una actitud de colaboración y, si bien por momentos desapareció de la escena y luego regresó, eso se debió al estado de shock en el que se encontraba por haber sufrido semejante impacto. Inclusive, citó varios testimonios de las personas que describieron en el juicio cómo Sasso se entregó a la policía. “Volvió y dijo: ‘Yo soy el que manejaba’. Se presentó llorando”, añadió.

Esa misma postura lo llevó al abogado a hablar de la personalidad de su defendido. Es que en la acusación, la querella había apuntado que la perito oficial en psiquiatría y psicología que analizó a Sasso sostenía que el joven no presentaba signos de arrepentimiento o de culpa.

Para refutar eso, Capparelli citó los estudios realizados por una perito de parte que afirma todo lo contrario. Incluso, dio datos del tratamiento que incluye la ingesta de psicofármacos al que el imputado se encuentra sometido desde que se produjo el caso.

Atenuantes

Para terminar, Capparelli consideró que el tribunal debiera considerar como atenuantes en la causa la falta de antecedentes penales de Sasso y, sobre todo, la ausencia de antecedentes de tránsito. Y de inmediato se corrigió: “En realidad si existe un antecedente de tránsito, de motocicleta, pero del que fue víctima y lo indemnizaron”, aclaró.

Otro de las consideraciones que el abogado solicitó tengan en cuenta los magistrados es la personalidad de Sasso. “Está cargando con una muerte. Estamos ante un hecho trágico no querido, esto está claro. No se puede caerle con todo el peso punitivo del Estado. Repito: es un hecho trágico no querido”, destacó.

Conclusiones

Por eso, cuando llegó el final del alegato, Capparelli explicó que no iba a proponer una pena para el imputado, sino que solicitaría al tribunal que lo juzgue “con el correcto encuadre del hecho, que dicte una sanción proporcionada” y mencionó que reciba “el mínimo de inhabilitación” en referencia a la prohibición de conducir vehículos.

También presentó una solicitud para que los jueces rechacen el pedido de revocatoria del arresto domiciliario que había planteado la parte acusatoria, aduciendo que en todo momento su cliente había aceptado y acatado las condiciones estrictas impuestas por la Justicia.

En ese pasaje de la audiencia la madre y la hermana de Sasso rompieron en llanto, debido a que el defensor comenzó a protestar por la información falsta que había sido publicada en diversos medios respecto de los supuestos beneficios de los que gozaba el imputado en el interior de la comisaría de Balcarce a la que había sido conducido en un principio. También protestó porque desde el entorno de la víctima alguien tenía contacto con los otros reclusos a los que les consultaban por teléfono celular si Sasso salía o no del calabozo, y se quejó por el mal funcionamieno de la pulsera electrónica suministrada por el Estado que motivó operativos policiales en la vivienda donde luego fue alojado el acusado, y en los que nunca se descubrieron, finalmente, las irregularidades que se denunciaban en los medios.

“Yo denuncié todo eso y esa causa fue archivada. Nunca salí a decirlo en los medios, porque lo digo acá, que es donde tenemos que decir las cosas. Se quiso instalar la idea de que violaba el arresto domiciliario… Con declaraciones se impuso una presión mediática falsa poniendo en riesgo la conducta de mi cliente ajustado a derecho, la de su familia e incluso mi integridad profesional, puesto que yo hubiera renunciado en ese mismo momento si aquello hubiera sido cierto”, lanzó en referencia a las denuncias mediáticas que realizó Borelli respecto del supuesto quebrantamiento de Sasso a las condiciones impuestas por la Justicia para que no fuera detenido en un penal.

“Si no recuperamos la institucionalidad yo no voy a poder entrar a Tribunales y los jueces serán escrachados en un estacionamiento”, concluyó Capparelli, en alusión a las fuertes críticas que se realizaron al mismo tribunal luego de su fallo en el caso Lucía Pérez.