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La Ciudad 16 de febrero de 2024

La Justicia desestimó una medida cautelar para suspender la tasa vial

Lo resolvió el juez Simón Isacch ante un planteo del diputado provincial Guillermo Castello. Resta la sentencia definitiva sobre la constitucionalidad de la norma.

El juez en lo Contencioso Administrativo N°1 de Mar del Plata, Simón Isacch, desestimó una medida cautelar para suspender la aplicación de la tasa vial, que pagan marplatenses y turistas al cargar nafta en las estaciones de servicio.

La medida había sido solicitada por el legislador provincial Guillermo Castello hasta que se resolviera su presentación referida a la posible inconstitucionalidad de la ordenanza que creó el tributo.

“No observo que pueda verse agravada la situación del actor en orden a la preservación de los derechos invocados, durante la prosecución del juicio y hasta el dictado de la sentencia, ya que el presente tramitará a través de un juicio sumarísimo, en el que la abreviación de los plazos y la sencillez del trámite permitirán arribar a una sentencia en forma rápida”, argumentó el magistrado.

El planteo de fondo del legislador liberal es sobre la constitucionalidad la ordenanza y el decreto que pusieron en marcha la aplicación de la tasa.

“Interpretando que en el presente proceso se encuentran comprometidos –al menos parcialmente– intereses
de incidencia colectiva (toda vez que se refiere a cuestiones que podrían impactar en la comunidad vecinal del Partido de General Pueyrredon)”, el juez ordenó la anotación en el Registro Público de Procesos de Incidencia Colectiva.

En ese sentido, requirió “la existencia de acciones que tengan un objeto similar al presente o que estén referidas al mismo derecho o interés colectivo o que alcancen en forma total o parcial al mismo colectivo”.

Después de haber sido aprobada por el Concejo Deliberante (forma parte de las ordenanzas fiscal e impositiva del municipio) y de ser reglamentada por el municipio, la tasa vial comenzó a regir el 5 de febrero, en reemplazo de un ítem en la Tasa de Servicios Urbanos que pagaban todos los contribuyentes, tuvieran auto o no. Implica un 1,86% adicional en el ticket de la carga de nafta o gasoil. En su tratamiento, el cuerpo deliberativo resolvió que la recaudación esté cien por ciento afectada a obras de reparación y construcción de pavimentos. 

Al anunciar su presentación en la Justicia, Castello indicó que “las tasas municipales deben brindar una contraprestación directa e individualizada y esta tasa vial claramente no lo hace”, al tiempo que recordó que “existen leyes nacionales y provinciales que prohíben a las provincias y a los municipios agregar más impuestos sobre los combustibles, y esta tasa las viola flagrantemente”.

A su entender, “existe una clara doble imposición”, y manifestó que “diversos tribunales de la Provincia ya decidieron que tasas como esta son inconstitucionales, pero la voracidad fiscal puede más que la legalidad”.

“Haremos lo posible para que la Constitución y las leyes prevalezcan sobre la codicia recaudatoria de funcionarios públicos que no comprenden que la ciudadanía está fundida y que no se puede seguir aumentando la presión impositiva sobre ellos”, añadió.



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