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Interés general 23 de diciembre de 2020

La Legislatura aprobó la “Ley de Víctimas” para la Provincia

La norma otorga mayor participación y garantías durante el proceso penal a las víctimas de delitos.

Sesión extraordinaria en el Senado provincial.

LA PLATA (Corresponsalía). – El Senado bonaerense aprobó ayer la denominada “Ley de Víctimas”, una norma que modifica el Código Procesal y la Ley de Ejecución Penal para otorgar mayor participación y garantías en el proceso a las víctimas de delitos.

El martes, durante la primera sesión extraordinaria de la Cámara Alta provincial, los senadores –algunos en forma presente, otros remota- aprobaron por unanimidad el proyecto de la senadora Lorena Petrovich (Juntos por el Cambio) que la semana pasada había sancionado –con algunas modificaciones- la Cámara Baja.

La norma reclamada por diversas ONGs que asisten a familiares de delitos contempla además la asistencia jurídica gratuita cuando los denunciantes no puedan afrontar los gastos del proceso, así como también la posibilidad de que -durante la ejecución de la pena- la víctima pueda ser informada sobre las salidas transitorias, el régimen de semilibertad, la libertad condicional y la prisión domiciliaria -entre otras medidas de seguridad- de quien cumple la condena.

La Ley prevé igualmente que aquellas personas que deseen no ser informadas ni notificadas de tales cuestiones, podrán manifestarlo y que este derecho deberá ser respetado.

En cuanto a la aplicación de las medidas de protección a las víctimas, se creará el Registro Provincial de Abogados y Abogadas de la Víctima en el ámbito del Colegio de Abogados de la provincia de Buenos Aires (ColProBA), organismo que arbitrará los medios necesarios para el funcionamiento uniforme del Registro en todos los Colegios departamentales.

El texto

La norma, que fue consensuada entre el oficialismo y la oposición, modifica el Código Procesal Penal, la Ley de Ejecución Penal y la Ley 14.442 con el objetivo de “reconocer y garantizar los derechos de las víctimas de delitos, evitando la revictimización y asegurando un acompañamiento efectivo durante el proceso”.

Entre sus principales objetivos se encuentra garantizar y asegurar “a las personas humanas y/o jurídicas que individual o colectivamente fueran víctimas de presuntos hechos ilícitos que originen un proceso penal, el asesoramiento, asistencia jurídica, representación en el proceso y protección personal en todas las etapas procesales del mismo”.

La Ley contempla que la asistencia letrada a las víctimas será gratuita “cuando por las circunstancias del hecho y por situaciones de vulnerabilidad de la víctima, se encuentre imposibilitada de afrontar los gastos”.

También se crea el Observatorio de Víctimas de Delitos dentro de la Legislatura de la provincia de Buenos Aires, un organismo de “monitoreo, seguimiento y análisis de las cuestiones relacionadas con las víctimas del delito, sus familias y entornos”.
El Observatorio estará integrado ‘ad honorem’ por víctimas de delitos, asociaciones civiles o fundaciones, familiares, representantes de la Suprema Corte de Justicia, la Procuración General, el Ministerio de Justicia, el Ministerio de Seguridad, el Senado y la Cámara de Diputados, con un total de seis legisladores.



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