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Provincia 7 de enero de 2021

La Provincia dispuso recategorizaciones para trabajadores estatales

Lo hizo a través de una medida publicada esta mañana. Los estatales con una antigüedad igual o mayor a cuatro años subirán dos categorías, en tanto que los que tienen una antigüedad menor a cuatro años y mayor o igual a dos ascenderán una.

La gobernación bonaerense.

LA PLATA (Corresponsalía).- A través de un decreto, el gobierno de Axel Kicillof dispuso esta mañana la recategorización de trabajadores estatales de la Provincia.

En el decreto 1257/2020 publicado este jueves en el Boletín Oficial, el Ejecutivo bonaerense ordenó “la promoción de grados del escalafón de cada agrupamiento, en forma excepcional, a partir del 1° de enero de 2021, al personal que al 31 de diciembre de 2020 reviste en la planta permanente con estabilidad del régimen de la Ley N° 10.430”.

Asimismo, el Gobierno estableció que el ascenso dispuesto “consistirá en el incremento de grados, dentro de los respectivos agrupamientos en los que revistan los y las agentes al 31 de diciembre de 2020”, conforme a los siguientes lineamientos: dos grados para los y las agentes con una antigüedad mayor o igual a cuatro años, y un grado para los y las agentes con una antigüedad menor a cuatro años y mayor o igual a dos.

En el decreto que también lleva las firmas del jefe de Gabinete, Carlos Bianco, y de los ministros de Trabajo y de Hacienda y Finanzas -Mara Ruiz Malec y Pablo López respectivamente-, se especificó además que se incluirá en la recategorización a aquellas personas que sean designadas en la planta permanente del régimen de la Ley N° 10.430 durante 2021, y que hubieran iniciado las actuaciones administrativas para ello hasta el 31 de diciembre de 2020 inclusive.

Excepciones

En los fundamentos del decreto, el Ejecutivo provincial destacó que “la medida propiciada tiene su origen en el acta suscripta el 6 de octubre de 2020 con los/as representantes sindicales de los/as trabajadores/as estatales, en el marco de las negociaciones colectivas establecidas en la Ley N° 13.453”.

La disposición gubernamental establece además que la promoción “no podrá superar el nivel máximo de cada agrupamiento”, al tiempo que exceptúa a “aquellos/as agentes que hubieran sido promovidos en su cargo de revista de planta permanente en dos o más grados entre el día 2 de enero de 2015 y el día 31 de diciembre de 2020, ambas fechas inclusive”.