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La Ciudad 14 de abril de 2025

Las administraciones de consorcios deberán adjuntar los extractos bancarios en las expensas

Contará con el "detalle de cada gasto que realicen", de acuerdo a un fallo de la justicia bonaerense. La medida apunta a evitar "el lavado de dinero u ocultación de gastos".

Las administraciones de consorcios de propiedad horizontal deberán adjuntar a las liquidaciones de las expensas el extracto bancario con el “detalle de cada gasto que realicen”, de acuerdo a un fallo de la justicia bonaerense.

La medida apunta a evitar “el lavado de dinero u ocultación de gastos”, respaldada por la Ley 14701 que regula el funcionamiento del sector. Además, la administración denunciada deberá pagar una multa de más de 700 mil pesos.

La denuncia fue presentada por la abogada Alejandra Sorbara, integrante del consorcio de propietarios “San Francisco VI”, ubicado en Urquiza al 2400, contra el accionar de la administración Farina por “presuntos incumplimientos” en su desempeño.

La demanda surgió a raíz del corte de gas que sufrió el edificio. “La obra se tendría que haber hecho en enero del año pasado y se postergaba una y otra vez y el dinero estaba acumulado en el banco. La asamblea se tenía que hacer en febrero y vino Camuzzi antes y cortó el gas porque la obra no estaba”, explicó la abogada Alejandra Sorbara.

Así, la denunciante contó que los “incumplimientos fueron advertidos en la asamblea ordinaria realizada el 27 de febrero del año pasado” junto a otros requerimientos que “no habrían sido cumplidos por la administración”.

A su entender “faltaba en la liquidación de las expensas el extracto bancario de la cuenta corriente del consorcio”, explicó y advirtió que la sentencia marca “jurisprudencia. De ahora en más las administradoras deberán explicar qué hacen con el dinero ajeno. Es poner en orden todo lo relacionado con el funcionamiento de las administraciones de consorcios”.

Si bien la Ley 14701, que creó el Registro Público de Administradores de Consorcios (RPAC), data de 2014, hasta hace pocos meses “no se aplicaba y mucha gente no sabe de su existencia”, señaló Sorbara.

Desorden

Otra de las irregularidades denunciadas fue el “alquiler de un salón para la realización de la asamblea ordinaria, ya que aducían que no se podía hacer en el edificio por la época del año, verano, que tiene mucha ocupación. No pueden alquilar lo que sea o quieran, deben presentar los correspondientes presupuestos y los propietarios debemos elegir”.

Finalmente, la Unidad de Coordinación a cargo del Registro Público de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal de la provincia de Buenos Aires dispuso el pago de “una multa de 744.610 pesos” después de analizar “el descargo del administrador denunciado, el contexto, la conducta -aun merituando la ausencia de antecedentes y la documentación aportada- ante las infracciones determinadas”.

Además, observó dos infracciones “a las normas exigibles del Código Civil y la Ley 14701” y dispuso que los integrantes de la “administradores Liliana Farina, Luciana Navas Farina y Joaquín Navas sean sancionados con “una multa de 744.610 pesos”, que deberá abonarse “mediante depósito en el banco de titularidad del consorcio de propietarios San Francisco VI”.

“Estoy contenta porque se hizo justicia”, aseguró la abogada.