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El País 17 de enero de 2019

Las fuerzas federales de seguridad deberán capacitarse en el uso de armas en los próximos 6 meses

Este capacitación se complementara con la que cada una de las fuerzas ya realiza. Desde este mes rige el nuevo reglamento para uso de armas de fuego por parte de los efectivos de seguridad.

Los miembros de las fuerzas federales de seguridad deberán realizar en transcurso de los próximos seis meses una capacitación en la reglamentación general de uso de armas de fuego por medio del curso instalado en la plataforma de capacitación del Ministerio de Seguridad de la Nación.

De acuerdo a la disposición de la Subsecretaría de Formación y Carrera del Personal de las Fuerzas Policiales y de Seguridad, esa capacitación se complementará con la que cada una de las fuerzas ya realiza en el marco de sus competencias específicas incluidas en el Plan Anual de Capacitación.

La normativa añade que toda la instrucción sobre el uso de armas de fuego que reciban los miembros de Gendarmería Nacional, Prefectura Naval, Policía Federal y Policía de Seguridad Aeroportuaria deberá ser coordinada con la intervención de la Subsecretaría.

Desde el 3 de este mes, rige el nuevo reglamento para que las fuerzas de seguridad puedan disparar a sospechosos de delitos aún cuando posean réplicas de armas, huyan tras cometer un delito o cuando se presuma una alta probabilidad de que puedan provocar graves daños a personas sin estar armados.

La resolución 956/2018 dispone que el uso de armas letales es válido por parte de las fuerzas federales de seguridad en “defensa propia o de otras personas, en caso de peligro inminente de muerte o de lesiones graves” o “para impedir la comisión de un delito particularmente grave, que presente peligro inminente para la vida o la integridad física de las personas”.

También “para proceder a la detención de quien represente ese peligro inminente y oponga resistencia a la autoridad” o “para impedir la fuga de quien represente ese peligro inminente, y hasta lograr su detención”.



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