Los hechos se remontan al 2006 y la víctima, al día de hoy, sigue estando perjudicada por la situación. La Justicia acordó una pena de 3 años de prisión para el autor de semejante fraude.
El Tribunal Oral Federal de Mar del Plata homologó un acuerdo de juicio abreviado y condenó a un hombre de 47 años por falsificar la identidad de otra persona y utilizarla para obtener tarjetas de crédito y librar cheques sin fondos por miles de pesos.
El imputado, Ítalo Lagonegro, había sido acusado de adulterar un documento nacional de identidad perteneciente a un hombre de 53 años, quien lo había extraviado en un taxi, y con esa identidad falsa gestionar cuentas bancarias, tarjetas de crédito y créditos personales entre 2006 y 2008, causando perjuicios patrimoniales tanto a su víctima como a diversas entidades financieras.
Según el fallo, Lagonegro sustituyó la fotografía del DNI del damnificado por una imagen propia y lo utilizó para abrir cuentas en bancos como Galicia, Citi, Santander Río y el Banco Provincia, obteniendo al menos seis tarjetas de crédito, entre ellas una tarjeta Naranja, una Visa del Banco Galicia y una American Express del Santander Río.
El imputado también constituyó una sociedad anónima con el nombre “Cabaña María Rosa S.A.”, a través de la cual libró quince cheques sin fondos, por montos que oscilaron entre los 260 y los 3900 pesos, todos a nombre de la víctima. El perjuicio económico fue certificado en informes de bases de datos crediticias como Veraz y Nosis, que adjuntó el denunciante.
El acuerdo de juicio abreviado fue impulsado por el Ministerio Público Fiscal, representado por Carlos Fioriti, y contó con la conformidad del defensor técnico del imputado, Cristian Moix. Durante la audiencia celebrada el 5 de junio, Lagonegro admitió los hechos y consintió los términos del acuerdo.
El tribunal valoró las circunstancias personales del condenado, entre ellas un cuadro cardíaco y su función como cuidador de su hermano, Mario Lagonegro, quien padece esquizofrenia y tiene un implante neurológico. Por esta razón, se resolvió que la pena de tres años de prisión se cumpla bajo la modalidad de arresto domiciliario, en una vivienda de La Matanza, con su madre como garante y bajo control del Programa de Monitoreo Electrónico.
La sentencia consideró que los delitos cometidos constituyen adulteración de documento público destinado a acreditar la identidad de las personas (art. 292 del Código Penal), en concurso real con defraudación especial mediante uso de tarjetas de crédito (art. 173 inciso 15) y estafa reiterada en quince oportunidades (art. 172), todos ellos en carácter de autor penalmente responsable.
Por pedido de la víctima, se dispuso que una copia certificada del fallo sea entregada a la victima y remitida a los organismos ARBA y ARCA (ex AFIP), con el fin de regularizar su situación fiscal y comercial, afectada por las maniobras fraudulentas cometidas con su identidad.