La Justicia confirmó la responsabilidad del Estado por la pérdida de un motovehículo que se encontraba bajo custodia policial y ordenó indemnizar al propietario por daños materiales y morales, más intereses y costas del proceso.
La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata ratificó la condena contra la Provincia de Buenos Aires por la desaparición de una motocicleta que había sido secuestrada en un control de tránsito y nunca fue restituida a su dueño, pese a existir una orden judicial para su devolución.
El caso se originó tras el secuestro de una Honda Wave en abril de 2018, luego de una infracción vial. El rodado fue trasladado a un depósito policial dependiente del área de Vialidad, donde debía permanecer bajo custodia hasta que el titular regularizara su situación.
Tras cumplir con los requisitos administrativos y abonar la multa correspondiente, el propietario obtuvo en mayo de 2019 una orden judicial para retirar el motovehículo. Sin embargo, al presentarse en el depósito, el rodado no pudo ser localizado, lo que motivó una denuncia y el inicio de actuaciones judiciales.
El expediente determinó que el Estado, en su carácter de depositario del bien secuestrado, tenía la obligación de garantizar su conservación y restitución en condiciones similares a las de su incautación. La falta de explicaciones sobre el destino del vehículo y la ausencia de medidas adecuadas de resguardo fueron consideradas una “falta de servicio”.
Durante el proceso se produjeron pericias contables y psicológicas. La valuación estableció el valor del rodado en $132.000, mientras que el informe psicológico acreditó afectaciones vinculadas a ansiedad e impotencia generadas por la pérdida del bien.
El fallo reconoció el derecho del damnificado a percibir una indemnización por daño material, equivalente al valor actualizado de la motocicleta al momento de la liquidación, y un adicional del 20% en concepto de daño moral. También se impusieron las costas del proceso a la Provincia de Buenos Aires.
La investigación penal iniciada para determinar el destino del motovehículo no logró establecer qué ocurrió con el rodado durante el período en que permaneció bajo guarda estatal.
La sentencia remarcó que, si bien el secuestro del vehículo fue considerado legítimo en el marco del control de tránsito, la desaparición posterior configura una responsabilidad autónoma del Estado por incumplir el deber de custodia.