La Ciudad

La Justicia falló a favor de un natatorio por la suba en el gas

Una medida cautelar del Juzgado Federal N° 4 obliga a Camuzzi a reveer la facturación del mes de abril que implicaba un aumento superior al 100%.

 

La Justicia dictó una medida cautelar que obliga a Camuzzi Gas Pampeana, al estado nacional y al ENARGAS a reveer la facturación de un complejo natatorio de Mar del Plata en el mes de abril.

Se trata de una demanda iniciada por el responsable del complejo Aguas Blancas luego de recibir en el mes de abril una factura de 64 mil pesos de gas, cuando la anterior había sido de 29.

En la resolución dictada por el juez Alfredo López, se ordena la aplicación correcta de la Resolución 14/2018 haciendo el cálculo conforme al Anexo 1 de la misma considerando las bonificaciones ya otorgadas, “hasta que se resuelva la cuestión de fondo, absteniendose de realizar cortes del suministro motivado en la falta de pago del incremento referido y debiendo ejecutar la demanda sin requerir trámite alguno por parte de los afectados”.

Además, exige proceder “inmediatamente a la re facturación de los importes sobre períodos cuyas boletas hayan sido emitidas con anterioridad (boletas impagas ya emitidas y distribuídas), siempre que no hayan sido voluntariamente abonadas por el usuario.

La justicia consideró que el natatorio tiene cumple todos los requisitos para acceder al beneficio de la resolución N° 14/18. La quita de la bonificación otorgada en esa reolución impone “un desproporcionado y abrupto incremento de las tarifas sino que desconoce sin aegumentos válidos, de menra irrazonable, el beneficio ya otorgado”.

Además, puntualizó que “denegar una cautela ocasionaría un prejuicio irreparable no sólo porque el natatorio realiza prestaciones relacionadas con la salud, sino también teniendo en cuenta la denuncia de haber tenido que reducir el personal debido a la crisis general existente”.

En el mismo sentido, argumentó que “se trata de una zona fria y durante el período invernal el cuadro tarifario puede llegar a afectar no solo el derecho a la propiedad sino también a la salud y a la vida”.

El natatorio Aguas Blanca, como muchas otras pymes, estaba incorporado en el registro de empresas Mipymes,

El artículo 5 de la normativa establece “un límite de incremento del 50% en al valor del gas de las facturas que se emitan a partir del 1 de octubre de 2018, tomando como base el valor del gas que hubiese a correspondido de aplicarse para la misma categoría de usuario y para el mismo volumen consumido en el período de facturación correspondiente, las tarifas pertenencientes a los nuevos cuadros tarifarios aprobados, incrementado en un 50%”.

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