El Tribunal Oral Federal sentenció a Christian Gilberto Bustos por haber explotado económicamente a dos exparejas que ejercían la prostitución y por el abuso sexual reiterado de una adolescente, desde que era niña.
Un hombre fue condenado este lunes a 20 años de prisión por haber explotado económicamente a dos exparejas que ejercían la prostitución y por el abuso sexual reiterado de una adolescente, desde que era niña.
Además, en un hecho inédito para la Justicia Federal de Mar del Plata, se dispuso no solo una reparación dineraria, sino la “restitución in natura” de una vivienda para dos de las víctimas y que el dinero incautado en la investigación sea destinado a la tercera.
El fallo contra Christian Gilberto Bustos fue dictado por el Tribunal Oral Federal, tras un juicio en el que intervino el fiscal General subrogante, Carlos Fioriti, quien había solicitado la aplicación de la pena de 25 años de prisión al imputado durante su alegato realizado a comienzos de mes.
Según quedó acreditado en el debate, Bustos cometió el delito de “explotación económica del ejercicio de la prostitución en perjuicio de dos mujeres agravado por haber sido conviviente de ellas y por haberse aprovechado de situaciones de vulnerabilidad y haber mediado violencia y amenazas”, en concurso real con el de “abuso sexual gravemente ultrajante, agravado por haber sido cometido contra una menor de 18 años, aprovechando su situación de convivencia dado que era hija de una de sus exparejas, y el delito de abuso sexual con acceso carnal reiterado en cinco hechos, en perjuicio de la tercera víctima”.
El juez Roberto Falcone dio lectura al veredicto, junto a su colega y Fernando Minguillón en la sala, mientras que el juez Nicolás Toselli participó por medios remotos.
Los jueces Roberto Falcone, Fernando Minguillón y Nicolás Toselli -quien siguió el debate de manera remota- resolvieron también de manera unánime revocar en forma provisoria la prisión domiciliaria de la que goza Bustos y ordenar su inmediato alojamiento en la delegación local de la Policía Federal Argentina (PFA).
En este sentido, el tribunal resolvió que el hombre sea evaluado personalmente por un especialista en oftalmología del Cuerpo Médico Forense a fin de determinar la patología que padece, el grado de disminución visual que presenta y, en su caso, si su supuesta incapacidad le impide cumplir la pena de prisión impuesta en una unidad carcelaria federal.
El veredicto, cuyos fundamentos se darán a conocer el 2 de febrero, ordenó también la reparación de dos de las víctimas con la suma de 20 millones de pesos, en virtud del daño material y moral ocasionado por resultar víctimas de explotación sexual. En tanto para la tercera, quien era adolescente al momento de los hechos, en virtud del daño moral ocasionado se resolvió aplicar una reparación de 30 millones de pesos.
Por otro lado, en una resolución sin precedentes en la Justicia Federal marplatense, se ordenó la restitución in natura del inmueble de Playa Serena, por ser instrumento resultante de la explotación. En este sentido, una vez que la sentencia quede firme, deberá librarse un oficio al Registro de la Propiedad Inmueble provincial para que inscriba la casa a nombre de las víctimas mayores de edad. En tanto, para la menor se ordenó la restitución del dinero (en pesos, dólares y euros) secuestrado en el marco de la causa. De esta manera, se garantiza una reparación primaria y directa a las víctimas de estos delitos.
Por último, se dispuso el secuestro y decomiso de una camioneta marca Volkswagen Amarok, una furgoneta Nuevo Fiorino y una moto Honda XR 250, que quedarán a disposición de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Durante el debate, el Ministerio Público Fiscal estuvo representado por el fiscal Fioriti, de la Unidad Fiscal Mar del Plata, cuyo titular es el fiscal general Daniel Eduardo Adler, y por Inés Jaureguiberry, por la Defensoría Pública de Víctimas, quien actuó como querellante.
En el alegato del 4 de diciembre pasado, el fiscal había solicitado una pena de 25 años de prisión, ya que también había acusado a Bustos por el delito de “trata de personas con fines de explotación sexual, bajo la modalidad de acogimiento”.