Los cuatriciclos serán responsabilidad de los municipios
Las comunas deberán diseñar los corredores seguros por los que podrán circular, así como las pistas en las que deberán ser utilizados de manera recreativa.
Foto Ilustrativa
LA PLATA (Corresponsalía).- Con el fin de evitar los accidentes que cada verano enlutan la temporada, la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), junto a la Dirección Provincial de Políticas de Seguridad Vial de la provincia de Buenos Aires y los municipios adheridos trabajarán en conjunto para educar, concientizar y fiscalizar a los usuarios de cuatriciclos, con el fin de garantizar mayor seguridad vial.
Desde ahora los cuatriciclos deberán circular por carriles exclusivos, con licencia habilitante, seguro y casco, ya que comenzará a aplicarse la nueva normativa de tránsito para controlar el uso de estos vehículos que tendrán que respetar las zonas de circulación seguras determinadas y señalizadas por cada municipio.
Sólo podrán utilizarse en los corredores seguros que diseñe cada municipio hasta llegar a la zona delimitada para su uso recreativo y en el caso que la comuna no cuente con ellos, los propietarios deberán trasladarlos en un tráiler hasta las zonas seguras.
La nueva normativa de tránsito que engloba este tipo de vehículos busca evitar los múltiples y repetidos incidentes viales que ocurren cada temporada en la Costa Atlántica, donde en muchos casos los protagonistas son menores de edad.
En ese marco, el Director Ejecutivo de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), Carlos Pérez, resaltó que “un punto vital es concientizar y realizar controles en la circulación de los cuatriciclos, que hasta el momento no estaban contemplados en la ley de tránsito. Esto sólo podemos lograrlo con el trabajo conjunto y articulado entre la provincia y los municipios, sin dudas es la única manera de brindarle una movilidad más segura a los argentinos”.
Un vehículo como todos
En ese sentido, para terminar con la informalidad y la falta de reglas claras, por medio del Ministerio de Transporte se reguló la situación de los cuatriciclos con el objetivo de cambiar el paradigma respecto a la cultura vial en el uso de este motovehículo, que hasta ahora era considerado como un elemento de diversión y a partir de hoy deberá entenderse como un “vehículo automotor”, lo que obliga a sus titulares y conductores a acatar las normas generales.
Cambio cultural
Por su parte, el subsecretario de Gestión Gubernamental, Iván Budassi, sostuvo que “el cambio en la cultura vial seguramente llevará tiempo, pero desde el Estado tenemos la obligación de garantizar todas las herramientas de control para que las normas de tránsito se cumplan, esencialmente porque buscamos cuidar la integridad física de los ciudadanos”.
Lo que hay que cumplir
Quienes sean conductores deberán tener una licencia habilitante con la categoría que corresponde, seguro obligatorio y de dominio. Además, el conductor deberá llevar un casco homologado con visera o anteojos, y no podrán viajar más personas que las permitidas por el fabricante.
La Disposición Nº196 describe las características y los elementos de seguridad que deben tener los corredores seguros y zonas de circulación. Los mismos deben contar con la señalética correspondiente que establezca la circulación, protecciones en las curvas, un único sentido de circulación, entradas y salidas demarcadas y limitaciones de velocidad.
Además, debido a que estos vehículos están equipados con diferentes motorizaciones se establecieron dos categorías de pistas (divididas por colores) de acuerdo a la potencia: la “Pista amarilla” para cuatriciclos de hasta 300 cc, con un límite de velocidad de 45 km/h y la “Pista naranja” para cuatriciclos de más de 300 cc con un límite de velocidad máxima de 65 km/h.
Así queda claro que los cuatriciclos tendrán que respetar las zonas de circulación seguras determinadas y señalizadas por cada municipio.
Documentación
Durante los controles se le solicitará al conductor la documentación obligatoria: licencia de conducir habilitante, comprobante de dominio (cédula o título) y de seguro. En este caso la licencia de conducir para la circulación de los mismos será una subclase dentro de la licencia Clase A, utilizada actualmente para motocicletas, triciclos y cuatriciclos.
En cuanto a la exigencia de elementos de seguridad, tendrán que contar con una antena de dos metros de largo con un banderín rojo y, para los cuatriciclos no cabinados, se recomienda utilizar pechera de protección y calzado de seguridad para poseer mayor adherencia al vehículo.
Retención de la licencia y vehículo
Se retendrá la licencia habilitante en caso de que estuviera vencida; no se ajuste a los límites de edad, a partir de los 17 años; haya sido adulterada; el titular se encuentre inhabilitado o suspendido para conducir; o conduzca en contramano y/o alcoholizado, entre otras infracciones establecidas en la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449.
Por otra parte, se producirá la retención del vehículo cuando no cumpla con las exigencias de seguridad reglamentaria; sean conducidos por personas no habilitadas para el tipo de vehículos que conducen, inhabilitadas, con habilitación suspendida o que no cumplan con las edades reglamentarias para cada tipo de vehículo (en tal caso, luego de labrada el acta, el vehículo podrá ser liberado bajo la conducción de otra persona habilitada, caso contrario el vehículo será removido y remitido a los depósitos que indique la autoridad de comprobación); este mal estacionado u obstruya la circulación o la visibilidad, los que ocupen lugares destinados a vehículos de emergencias o de servicio público de pasajeros (los abandonados en la vía pública y los que por haber sufrido deterioros no pueden circular y no fueren reparados o retirados de inmediato, serán remitidos a depósitos que indique la autoridad de comprobación); y si el número de ocupantes no se adecua a la capacidad para la cual fue construido.
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