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La Ciudad 25 de noviembre de 2020

Los turistas que den positivo de covid no podrán quedarse en alojamientos turísticos

Así lo establece el protocolo que publicó hoy la Provincia ante confirmaciones de contagio. Quienes tengan medio de transporte propio y estén en buenas condiciones de salud, deberán volver a su lugar de residencia. Caso contrario, el Municipio deberá hospedarlos en centro de aislamiento.

Luego de que la provincia de Buenos Aires publicara los protocolos para esta temporada, el Gobierno detalló una guía de manejo ante casos y contactos confirmados de coronavirus de turistas, en el que establecieron que quienes den positivo no podrán quedarse en alojamientos de la ciudad.

El documento, publicado hoy en el Boletín Oficial junto al resto de los 13 protocolos, establece los lineamientos a seguir ante la aparición de síntomas, ya sea durante un viaje o en un alojamiento en el destino turístico elegido.

Entre los puntos a destacar, está la obligatoriedad de que los turistas contagiados y sus contactos estrechos (por ejemplo, grupo familiar o contingente) regresen a su ciudad tras confirmarse el contagio. Esto sólo será exigido “si el turista se encuentre en condiciones clínicas y cuente con medios propios para trasladarse” a su lugar de residencia habitual para completar el período de aislamiento. Además, el documento aclara que para este traslado la persona y su grupo dispondrá de un período de 24 horas para circular.

En caso de que el turista y sus contactos no cuenten con los medios o se encuentren en condiciones que impidan el retorno a su domicilio habitual, “el Municipio deberá alojarlo en centros de aislamiento extrahospitalarios hasta completar el período de aislamiento del grupo”.

Es que el documento es muy claro acerca de la prohibición de permanecer en hoteles, departamentos de alquiler u otros alojamiento turísticos mientras se transita el periodo de contagio y aislamiento.

El protocolo publicado hoy establece que “los casos no podrán permanecer en hoteles y alojamientos” y que “las autoridades sanitarias locales deberán garantizar que el caso se encuentre debidamente notificado especificando el domicilio habitual vinculado al caso y el sitio de alojamiento en el campo Ámbito de Concurrencia dentro de los antecedentes epidemiológicos de la ficha del caso del SNVS”.

En cuanto al momento de la aparición de los primeros síntomas, ya sea en destino o en pleno viaje, se recomienda el “aislamiento preventivo de personas sintomáticas hasta su atención u orientación por personal de salud”.

Además, se especifica que la persona afectada deberá recibir “un barbijo quirúrgico y elementos para la higiene respiratoria y de manos”; “brindar un espacio separado para su aislamiento hasta su atención médica”; “designar una persona para asistir al caso hasta su atención, quien también deberá estar provista con un barbijo quirúrgico”; y “comunicar a la línea 148 o al prestador de salud del turista para su atención y orientación”.

Por otra parte, y ante personas que desarrollen síntomas durante un viaje, se establece que “el conductor o acompañante deberá comunicarse con la Línea 148 a los efectos de recibir las instrucciones respecto del pasajero enfermo y el resto del pasaje para definir el sitio de atención más adecuado” y “reforzar el lavado de manos, y la desinfección de las superficies del entorno hasta el arribo al sitio definido”.

 

 



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