Megacausa por lavado en Mar del Plata: 42 imputados serán juzgados
La Cámara Federal de Casación Penal entendió que las maniobras no deben analizarse de forma aislada sino como parte de una organización criminal. El caso volverá al Tribunal Oral Federal de Mar del Plata.
"Coco" Esteban.
La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal revocó el sobreseimiento de 42 personas acusadas de lavado de activos provenientes del narcotráfico y ordenó que la causa avance a juicio oral ante el Tribunal Oral Federal de Mar del Plata.
La decisión se dio en línea con el planteo del fiscal general subrogante Carlos Fioriti, quien cuestionó el fallo dictado en mayo de 2025 por el entonces juez Martín Poderti. En aquella resolución, el magistrado había considerado las maniobras como hechos independientes, lo que derivó en la prescripción de la acción penal.
Sin embargo, los jueces Javier Carbajo, Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña entendieron que los hechos deben analizarse de manera integral, al tratarse de operaciones presuntamente realizadas en el marco de una organización criminal dedicada al lavado de dinero.
La investigación está vinculada a los entornos de Juan Manuel Mariscal -condenado a 7 años por transportar 165 kilos de cocaína- y de Hugo “Coco” Esteban, quien recibió una pena de 13 años por intentar trasladar cerca de 3 toneladas de marihuana desde Misiones a Mar del Plata.
Según la acusación, familiares y allegados de ambos habrían integrado una estructura que, entre 2011 y 2019, adquirió bienes -principalmente vehículos e inmuebles- con dinero proveniente del narcotráfico, para luego insertarlos en el mercado mediante maniobras de compraventa destinadas a dar apariencia lícita a fondos de origen ilegal.
Uno de los episodios clave de la causa fue el hallazgo, durante un allanamiento, de unos 30 vehículos -varios sin documentación- en un galpón vinculado a los imputados, lo que reforzó la hipótesis de un incremento patrimonial injustificado.
Para el Ministerio Público Fiscal, las operaciones no pueden ser fragmentadas, sino que deben ser consideradas como parte de una actividad continuada. Bajo ese criterio, el monto total de las maniobras superaría el umbral previsto en el artículo 303 del Código Penal, habilitando penas de prisión.
Además, los fiscales sostuvieron que el lavado de activos constituye un delito permanente, cuya consumación se extiende en el tiempo, por lo que la acción penal no puede considerarse prescripta.
En su resolución, los jueces de Casación señalaron que “las maniobras se enmarcan en un plan delictivo global, continuado y organizado”, y cuestionaron el criterio del tribunal oral por apartarse de la interpretación integral de los hechos.
También remarcaron el impacto del delito de lavado, al considerar que afecta no solo el patrimonio sino también el orden económico y la confianza pública, además de consolidar las ganancias del narcotráfico.
Con este fallo, el expediente volverá al tribunal oral para la realización del juicio, donde se debatirá la responsabilidad de los 42 imputados en una de las causas más complejas vinculadas al lavado de activos en Mar del Plata.
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