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20-09-2015

Sólo 20 municipios prohíben la habilitación de cabarets

El informe del Observatorio de Violencia de Género asegura además que no se está investigando a las redes de trata y que la mitad de las mujeres encontradas en los lugares de explotación no fueron consideradas víctimas de ningún delito.

LA PLATA

Corresponsal

En la provincia de Buenos Aires, sólo General Pueyrredon y otros 19 municipios prohíben la habilitación de locales tipo cabarets.

El dato aportado por el Observatorio de Violencia de Género (OVG) de la Defensoría del Pueblo bonaerense revela que el 85% de los distritos de la provincia tolera o directamente permite la existencia de lugares en los que se explota sexualmente a personas, en su mayoría a mujeres migrantes.

En un trabajo realizado entre 2012 y 2014, el OVG encontró que sólo 63 municipios bonaerenses cuentan con ordenanzas que regulan el rubro y que el resto ?otros 72- no tiene ningún tipo de legislación al respecto.

De los 63 que poseen una ordenanza, 43 toleran de alguna manera la habilitación de locales tipo cabaret y solamente 20 la prohíben.

?El resto de los municipios tienen de alguna manera regulada la habilitación de esos lugares a partir de las ordenanzas fiscales impositivas?, explica Laurana Malacalza, coordinadora del OVG, y detalla que esos espacios figuran con el nombre de bar nocturno, whiskería, pool o directamente cabaret.

En Argentina, el establecimiento de casas o locales donde se ejerza la prostitución o se incite a ella está prohibido desde 1936 por la Ley 12.331.

Pero a partir de 2008 ?con la sanción de la Ley nacional 26.364 que previene y castiga el delito de trata de personas- varios municipios dictaron nuevas ordenanzas reafirmando la prohibición.

Malacalza sostiene que pese a la buena intención de las medidas todavía hay muchas fallas. ?Las ordenanzas que prohíben los lugares como cabarets no establecen la modalidad de monitoreo y seguimiento, es decir que no se controla si se siguen o no habilitando y de qué manera se van a ir cerrando estos lugares?, asegura a LA CAPITAL.

En este punto, remarca la excepción que constituye Bahía Blanca, donde este año se diseñó un proyecto legislativo que busca dar seguimiento a la aplicación de la ordenanza que prohíbe los cabarets.

El informe fue debatido la semana pasada en la Gobernación bonaerense durante la segunda jornada provincial de lucha contra la trata de la que participaron representantes de los municipios y de la provincia y miembros del Poder Judicial.

Fallas de la Justicia Federal

En nuestro país no está penado es el ejercicio de la prostitución sino la explotación sexual y la promoción y/o facilitación de la explotación; es decir el proxeneta o ?cafisho? y la existencia de lugares ?bares, whiskerías- en los que la persona deba entregar un porcentaje por practicar la prostitución.

Malacalza aclara en este punto que trata y explotación sexual no constituyen sinónimos. ?La trata son las etapas previas del delito con fines de explotación: la trata es la captación, el traslado y la acogida con fines de explotación sexual?, explica.

Y agrega que ?el delito de explotación es de competencia provincial y la trata es federal. Lo que nosotros vemos es que la Justicia Federal está investigando también los delitos de explotación y no está dando cuenta de las organizaciones criminales que sostienen las redes de trata?.

El informe señala en ese sentido que en las primeras 16 sentencias por delito de trata, sólo en 3 los actores judiciales relacionaron lugares de explotación, dando cuenta de la existencia de redes.

El estudio detalla que esa vinculación se dio en los casos de Miramar, Balcarce y Ruta 226 (Mar del Plata); Carmen de Areco y Gálvez (San Martín) y Salto, 25 de Mayo y Pehuajó (San Martín).

El informe agrega que ?en ninguna de las sentencias analizadas se concursó el delito de trata con otros delitos que no se refieran a la integridad sexual de las víctimas, como ser: tenencia o comercialización de estupefacientes, tenencia de armas, por citar sólo algunas?.

Al menos el 75% eran mujeres migrantes

Según el estudio del OVG, la mayoría de las personas explotadas sexualmente en el período analizado resultaron ser migrantes paraguayas (60%), dominicanas (14%) y brasileñas (1%); un 9% eran argentinas, mientras que del restante 16% no hay información sobre su origen.

Entre las falencias en los procedimientos judiciales, Malacalza destaca además que ?del 92% de esas mujeres se desconoce la situación migratoria: no se sabe cómo vinieron, por dónde o quién las trajo?.

Y también apunta que ?hay un 47% de mujeres que fueron encontradas en los lugares de explotación y que no fueron consideradas víctimas de ningún tipo de delito?.

?A esas mujeres no les llega la asistencia del Estado porque la asistencia está pensada para quienes los operadores judiciales definen como víctimas de trata?, sostiene la coordinadora del OVG.

En cuanto a los imputados, el informe detalla que el 49% fueron varones y el 43% mujeres; el 35% eran argentinos, el 11% paraguayos y el 2% dominicanos.

Del análisis de las sentencias se desprende finalmente que la mayoría de las víctimas pertenecen a sectores sociales excluidos, sin capacidad económica ni instrucción escolar.