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Policiales 12 de diciembre de 2025

Piden llevar a juicio a imputados del trágico choque en el que murió un médico y su hijastro

La Fiscalía pidió llevar a juicio a los dos implicados en la tragedia que estremeció a la Ruta 88 en junio pasado. Tres vidas quedaron destrozadas en segundos y la investigación asegura que la maniobra imprudente, las fallas mecánicas del camión y la falta total de habilitación para conducir fueron una combinación letal imposible de evitar para las víctimas. “

La Fiscalía de Delitos Culposos solicitó en las últimas horas la elevación a juicio de la causa en la que se investiga la trágica colisión ocurrida el 8 de junio de este año en el kilómetro 43 de la Ruta Provincial 88, donde murieron Diego Quiroz, su hijastro Iñaki Mendizábal, y resultó gravemente herida Yanina Liani.

El caso tiene como imputados a Raúl Alejandro Lozano García —quien conducía el camión involucrado— y a Jorge Alejandro Frank, señalado como propietario del rodado.

El pedido, firmado por el fiscal Rodolfo Moure, considera que existen “elementos suficientes” para avanzar hacia el debate oral por los delitos de homicidio culposo agravado por la conducción de vehículo automotor, la pluralidad de víctimas fatales y la culpa temeraria, además de lesiones culposas agravadas. La figura aplicada podría implicar penas significativamente superiores a las previstas para los siniestros viales comunes.

De acuerdo con la investigación, la tragedia se desencadenó cuando Lozano García, sin licencia de conducir habilitante, salía desde la báscula “La Ballenera” a bordo de un Mercedes Benz L1114 con acoplado cargado con cereal. Según el expediente, el camión circulaba en condiciones mecánicas claramente deficientes: sin VTV, luces posteriores dañadas, luces laterales que no funcionaban y cintas reflectivas deterioradas. El acoplado, además, presentaba fallas similares.

En ese momento, el vehículo conducido por Quiroz —un Mercedes Benz GLA200— se desplazaba por la ruta en sentido hacia Mar del Plata. La pericia accidentológica indicó que, por la falta de visibilidad del camión y la maniobra intempestiva de Lozano García al incorporarse, el conductor del automóvil “no advirtió la presencia del acoplado” hasta que fue demasiado tarde. Intentó esquivar hacia la banquina, pero el impacto resultó inevitable.

El golpe contra el lateral izquierdo del remolque provocó la muerte inmediata de Quiroz y del niño de 7 años, mientras que Liani sufrió lesiones de extrema gravedad que pusieron en riesgo su vida.

El fiscal también colocó bajo la lupa la conducta de Frank, propietario del camión. Lo señaló como coautor por haber entregado el vehículo a Lozano García sin exigirle licencia profesional y sin verificar las condiciones técnicas mínimas para circular. Según la investigación, ambos regresaban desde Necochea con la unidad cargada.

Frank reconoció en su declaración que era camionero de profesión y que conocía perfectamente los requisitos y cuidados necesarios para operar un rodado de gran porte. Para la Fiscalía, esa experiencia vuelve aún más reprochable que haya permitido que el camión circulara en tal estado y en manos de alguien no habilitado.

Un capítulo aparte mereció la discusión planteada por el particular damnificado respecto del informe toxicológico realizado a Quiroz. Su abogado, Juan Manuel Belliure, solicitó la nulidad del estudio, aunque el fiscal rechazó ese planteo por entender que no hay irregularidades procesales. De todas maneras, Moure coincidió en que existen dudas razonables sobre la incidencia real de los resultados —que detectaron presencia de cocaína en sangre pero no en orina— y consideró que el tema deberá debatirse en juicio.

La misma postura sostuvo respecto de la velocidad a la que circulaba Quiroz, valor que no pudo ser establecido científicamente. “En el derecho penal culposo no existe la compensación de culpas”, señaló Moure, al remarcar que la conducta del conductor fallecido no altera el análisis sobre la responsabilidad central que atribuye a los imputados.

“Una trampa mortal”

Un punto clave del expediente es el acta policial que verificó que no existe señalización alguna que advierta la salida de camiones desde la báscula, lo que para la Fiscalía refuerza la peligrosidad de la maniobra realizada por Lozano García. En su requerimiento, Moure califica la situación como “una verdadera trampa mortal” para la familia que circulaba por la ruta.

El fiscal también destacó que, en el horario del siniestro, ya había poca luz natural y el camión carecía de los elementos que lo hicieran visible. A su criterio, Lozano no podía desconocer la aproximación del vehículo menor, y aun viéndolo —dice el dictamen— confió erróneamente en que podría completar la maniobra o que el automóvil frenaría.

El pedido de elevación a juicio deja prácticamente concluida la etapa de instrucción. Si el Juzgado de Garantías hace lugar, el expediente será remitido a un Tribunal Correccional, donde se desarrollará el debate oral con las declaraciones de los peritos, testigos y las partes.

El fiscal también habilitó la posibilidad de aplicar el procedimiento abreviado previsto en el artículo 395 del Código Procesal Penal, lo que podría implicar un acuerdo si los imputados aceptaran su responsabilidad. Hasta el momento, no hay indicios de que ello vaya a ocurrir.

Para las familias de las víctimas, el juicio promete ser el escenario donde se examinará al detalle cada decisión tomada aquella tarde en la Ruta 88, y donde finalmente se buscará determinar si las muertes de Quiroz y del pequeño Iñaki pudieron —y debieron— evitarse.