Por decreto, el Gobierno disolvió la comisión que calificaba las películas
La medida modifica un sistema vigente desde hace más de 40 años, concentra la decisión en el INCAA y reconoce clasificaciones del exterior.
El Gobierno nacional oficializó este martes una reforma profunda del sistema de calificación de películas cinematográficas, vigente desde hace más de cuatro décadas. A través del Decreto 50/2026, publicado en el Boletín Oficial con las firmas del presidente Javier Milei y el ministro Manuel Adorni, se derogó el Decreto 828/84 y se dispuso la disolución de la Comisión Asesora de Exhibiciones Cinematográficas.
La norma reglamenta la Ley 23.052 y modifica el esquema mediante el cual se determinaba la aptitud de los filmes para el público (ATP, +13, +16 y +18). El objetivo es adecuar los criterios a los cambios culturales y tecnológicos y reducir demoras administrativas que, de acuerdo con los considerandos, afectaban el funcionamiento del sector audiovisual.
Hasta ahora, la clasificación de cada película requería un dictamen obligatorio de una comisión colegiada. Con el nuevo régimen, esa responsabilidad quedará exclusivamente en manos del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA), que asumirá la competencia técnica para definir las categorías orientativas.
El decreto sostiene que la Comisión Asesora no logró demostrar la eficiencia necesaria y que su estructura dificultaba la dinámica de la industria. A partir de este cambio, el Estado mantendrá un rol orientativo y reafirmará que la responsabilidad principal sobre el consumo de contenidos por parte de menores corresponde a padres o tutores.
Entre las principales novedades se encuentra el reconocimiento de las calificaciones otorgadas en el exterior. El Gobierno señaló que cerca del 65% de los estrenos en salas argentinas proviene de Estados Unidos y consideró innecesario volver a evaluar películas que ya cuentan con clasificación de organismos internacionales.
En ese marco, las calificaciones de origen serán homologadas de manera automática a las categorías locales. El INCAA, no obstante, conservará la facultad de modificarlas de oficio cuando existan razones de orden público.
La nueva normativa comenzará a regir dentro de 60 días corridos desde su publicación.
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