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Policiales 21 de mayo de 2019

Controversia entre la policía y la Justicia por detenciones por drogas en la ciudad

La polémica se centra en la cantidad de aprehensiones que la policía empezó a realizar en las últimas semanas de tenedores de droga para consumo. El desaprovechamiento de recursos, el nulo recorrido penal de esas actuaciones policiales, las políticas criminales.

Un incremento inaudito en las últimas semanas de las detenciones por posesión de sustancias estupefacientes para el consumo personal enfrenta en estos días a la Justicia con la Policía de la provincia de Buenos Aires en Mar del Plata.

Pese a la recomendación de la Procuración provincial de no formar causa penal contra personas que detentan una cantidad ínfima de drogas que, evidentemente, no puede ser destinada a otro fin que el consumo íntimo, la policía de la provincia de Buenos Aires y en menor medida la Policía Local controla de forma arbitraria y aprehende en la vía pública.

“Se están labrando casi 60 actas por día que luego son desestimadas, ya que no se considera delito la tenencia para consumo. Pasa solo con la policía provincial, porque Prefectura Naval, Gendarmería y la Policía Federal entendieron cuál es el criterio de esta política criminal”, explicó una fuente judicial a este medio.

El especialista en Seguridad ciudadana, Tobías Schleider, -que escribió al respecto un artículo en el diario Página 12- se mostró preocupado porque “las causas por tenencia para consumo habían disminuido casi hasta desparecer pero ahora ha recrudecido y de forma exponencial. Está claro que hay una cuestión técnica insoslayable: esta política criminal no sirve para nada. Ni desarma el circuito de venda ni reduce el volumen de droga en la calle, ni ayuda a la persona detenida a dejar de consumir”.

Para el Departamento Judicial Mar del Plata, por lineamiento de la Procuración, una persona con, por ejemplo, menos de 50 gramos de marihuana o 5 gramos de cocaína no comete el delito previsto por la ley de drogas en lo que refiere a la tenencia ilegal. Se entiende que esa cantidad –excepto que haya una investigación previa sobre la posible tenencia con fines de comercialización, no puede ser sino para el consumo.

Preocupa la orientación tomada por la policía en el último mes porque todo indica que se trata de una postura para generar la “falsa ilusión de trabajo”. Dice Schleider que “da apariencia de trabajo cuando en realidad el incremento de los detenidos es ficticio, porque después queda todo eso sin efecto”.

Estas políticas policiales son temerarias, ya que no se sabe cuál es el criterio de elección de las personas a requisar, entre otros riesgos. Y además se contraria una idea de sentido común y discrecionalidad que puede, aunque parezca raro, asaltar a un policía. Un policía puede no reprimir ante un delito de menor cuantía sin que eso suponga una incumplimiento en su función.

Si alguien lleva en sus bolsillos drogas para el consumo personal no afecta ningún bien de terceros, en el peor de los casos está afectando su salud.

Una de las alternativas que se barajan en estos días es la de iniciar causas por abuso de autoridad e incumplimiento en sus deberes de funcionario público a aquellos policías que sin sospechas o comisión de delito flagrante proceden de esa manera. 

En la última semana hubo más de 300 actas que llegaron a la fiscalía de Estupefacientes de Mar del Plata, cuyos fiscales Leandro Favaro, Gastón De Marco y Daniela Ledesma tuvieron que revisar y finalmente desestimar. “Debimos postergar tareas de investigación para poder sacar solucionar jurídicamente esta cuestión”, dijo el fiscal Favaro a LA CAPITAL.

Por su parte el jefe departamental de la policía Bonaerense, comisario inspector Cristian Marcozzi aseguró que no hay nada extraño. “No cambió ninguna postura ni mucho menos. Solo es que hay una mayor operatividad en la vía pública y se encuentra más. El artículo 14 de la ley 23.737 hace referencia a aquel que transporta material estupefaciente. Y la ley está vigente”, aseguró a este medio.

Dichoi artículo indica, en verdad, que “La pena será de un mes a dos años de prisión cuando, por su escasa cantidad y demás circunstancias, surgiere inequívocamente que la tenencia es para uso personal”.

En el año 2009 la Corte Suprema, en el conocido fallo Arriola, determinó que ese artículo 14 es inconstitucional, por lo que no tiene sentido iniciar una causa penal que tendrá destino de desestimación.

Un ejemplo

Cuando una persona es interceptada en la vía pública -con criterios no establecidos- y al requisarla se le encuentra una cantidad de estupefacientes mínima la aprehenden. De ahí tienen que ir a la comisaría, ya que las actas se confeccionan de manera electrónica. Ese personal policial es un recurso perdido: al menos dos policías, un patrullero para custodiar a un aprehendido y al menos un testigo.

Durante más de 1 hora ese recurso se pierde. El aprehendido jamás lo está, pero figura como aprehendido. Se eleva el acta a la fiscalía y allí ni siquiera se forma causa penal a los efectos de la imputación. Solo se deja un registro por el secuestro de la droga.

“De las casi 1.000 causas de las últimas semanas el promedio es de menos de 5 gramos de marihuana y una ínfima cantidad son de personas que tenían cocaína”.

Según el Cemaed (Centro Municipal de Análisis Estratégico del Delito) en el mes de abril hubo 852 actuaciones policiales con personas aprehendidas con drogas en todo el área de la Jefatura Departamental de Mar del Plata. El detalle es que se trata de la mitad del total de intervenciones policiales.