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Policiales 14 de diciembre de 2019

Preocupación de Red de Jueces Bonaerenses ante jury por el caso Lucía Pérez

Aseguran que la desnaturalización del jury de enjuiciamiento pone en riesgo la independencia del Poder Judicial. También alerta sobre la vehemencia de los repudios por la sentencia del Tribunal Oral N°1.

La Red de Jueces Penales Bonaerenses manifestó su preocupación sobre el inicio del proceso de jury a los integrantes del Tribunal Oral 1 de Mar del Plata en relación a la sentencia del caso Lucía Pérez porque “contraviene la independencia del Poder Judicial y, en definitiva, socava las bases del estado constitucional de derecho”.

Con la firma de la presidente de la Red, la jueza de Trenque Lauquen, Adriana Nanni, y el secretario, el juez marplatense Juan Galarreta, el comunicado expone la postura tras conocerse la resolución del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios en el proceso seguido a los Jueces del Tribunal Oral en lo Criminal N° 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Facundo Gómez Urso y Pablo Javier Viñas.

En uno de los puntos, la Red de Jueces Penales Bonaerenses explica que “el Jury de Enjuiciamiento no fue concebido constitucionalmente, ni está reglamentado legalmente como una vía procesal alternativa para impugnar el contenido de las sentencias que se dictan en diferentes etapas de conocimiento del proceso penal bonaerense”.

Tras recordar que se encuentran pendientes de resolución los recursos presentados en la causa Lucía Pérez, la nota agrega que “a pesar de dicha circunstancia y haberse dicho que, como regla general, al jurado de enjuiciamiento le resultan ajenas las valoraciones sobre el contenido de las sentencias, en el caso mentado el resolutorio del Jury sostiene que este principio básico debe ceder cuando se revele algún tipo de “…error de tal magnitud que lo haga transcendente y, de inmediato, considera que al contar con fotocopias autenticadas de la sentencia emitida por los jueces denunciados sobre el que se fundamentan las imputaciones deviene innecesario ordenar la instrucción del sumario…”.

También el comunicado recuerda que “mientras las partes dedujeron sendos recursos ante el Tribunal de Casación Penal bonaerense, la vehemencia de algunas expresiones de repudio contra el contenido de la sentencia impugnada, así como las agraviantes descalificaciones hacia quienes cumplieron los roles institucionales (tanto en el ejercicio de la defensa en juicio, como en la función jurisdiccional), exceden de manera notoria el derecho a la crítica, afectando la independencia del Poder Judicial, pilar fundamental del funcionamiento del sistema republicano”.

Por último, los jueces de la Red confiman “el firme compromiso de la judicatura penal bonaerense con la efectividad de las disposiciones de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará), sin perjuicio de reiterar la necesidad de armonizarlas con el resto de los derechos y garantías constitucionales, sin renunciar a unos en favor de los otros, pues la perspectiva de género y la vigencia de los derechos humanos no son (ni deber ser) incompatibles en nuestro sistema de enjuiciamiento penal”.

 



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