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La Ciudad 14 de septiembre de 2022

Presentan nuevo recurso de amparo contra la ordenanza de la Zona Roja

Lo hizo la fundación Alameda. "La policía local, como ya ocurrió en otras épocas, se convierte en una suerte de proxeneta que 'regula' y castiga a personas en estado de vulnerabilidad social", lanzó.

La avenida 10 de Febrero, lugar elegido por el municipio para permitir la oferta y demanda de sexo en la vía pública.

A días de que comience a regir, la Fundación Alameda presentó un amparo colectivo contra la ordenanza que crea una “Zona Roja” en Mar del Plata.

La entidad, con una larga trayectoria de actuación en causas judiciales contra la trata y la explotación sexual de personas, solicitó una medida de no innovar.

Néstor Escudero, en representación de la Fundación Alameda (su histórico titular, Gustavo Vera, desde 2020 está de licencia por su cargo en la Dirección Operativa del Comité de Lucha contra la Trata de Personas), interpuso el pasado viernes la acción de amparo en el fuero federal.

Señala que mediante la ordenanza 25590, promulgada por el decreto 1597/22 y publicada en el Boletín Oficial municipal del 25 de julio, la intendencia local “promueve y fomenta la regulación de la prostitución y auspicia multas y cárcel a personas en situación de prostitución, lo cual choca con la legislación vigente, las convenciones internacionales que la Argentina suscribió y además genera un ámbito de explotación sexual en el que la policía local, como ya ocurrió en otras épocas en Mar del Plata, se convierte en una suerte de proxeneta que ‘regula’ y castiga a personas en estado de vulnerabilidad social”.

El objetivo de la presentación es que se declare la inconstitucionalidad de la norma, ya que, según indicó “afecta derechos humanos contemplados en los pactos internacionales incorporados a la Constitución Nacional, así como también las leyes 12.331, 26.362 y los artículos 125 bis a 127 del Código Penal”.

La Alameda solicita que se dicte una medida de no innovar “hasta tanto se resuelva el fondo de la cuestión”, ya que “la aplicación de la norma causa gravámenes irreparables en el tejido social”.

Consideró que la ordenanza “resulta inconstitucional por ser un acto público que lesiona, restringe, altera y amenaza, con ilegalidad manifiesta, los derechos y garantías reconocidos por nuestra Constitución Nacional, los diversos tratados internacionales incorporados a la misma y la normativa legal vigente”.

La norma cuestionada “reconoce que las personas que ejercen la prostitución son criminalizadas, discriminadas y vulnerables”. “Se trata de víctimas a las que se pretende invisibilizar mediante la excusa de garantizar la convivencia entre oferentes, consumidores y vecinos”, afirma. Y señala que atenta “contra la posición abolicionista que asumió el Estado argentino, al sancionar la Ley 12.331, que prohíbe en toda la República el establecimiento de casas o locales donde se ejerza la prostitución o se incite a ella”.

“Por otra parte, el municipio no se halla en condiciones de garantizar que no exista explotación sexual, ni que el crimen organizado no corrompa a las autoridades con poder de policía que controlen la zona”, indica.

A su entender, el hecho de crear zonas seguras “no hace más que agravar la situación que de por sí ya es grave, con el agravante de que si no ejercen la prostitución dentro del marco propuesto por el municipio esas víctimas se vean en riesgo de ser multadas o arrestadas”.

Explica la fundación que la ordenanza cuestionada “promueve desde el Estado una actividad que afecta la dignidad de las personas”, al tiempo que “pone en peligro sus vidas”, ya que “resulta aún más grave que quienes lleven esta actividad de oferta sexual fuera de la zona fijada pueden ser privadas de su libertad revictimizando y estigmatizando a los más vulnerables”.

Subraya, además, que “el colectivo afectado suelen ser personas de pocos recursos y extremadamente vulnerables en lo social y en lo económico, hechos que pueden impedir el acceso a la Justicia”.

El recurso fue presentado el mismo día que el municipio confirmó que el lugar elegido para autorizar la oferta y demanda de sexo en la vía pública será la avenida 10 de febrero, en las inmediaciones de los cementerios Parque y Colinas de Paz. Y a días de que quienes ejerzan la prostitución fuera de esa zona sean pasibles de multas y arrestos.

No es la primera presentación judicial contra la ordenanza de Zona Roja. La primera había sido impulsada por el propio Gustavo Vera y fue rechazada por el juez Alfredo López.