Policiales

Prisión perpetua para el hombre que mató a su ex pareja policía en una parada de colectivos

Sergio Cejas fue condenado este jueves por los jueces Néstor Conti, Alexis Simaz y Roberto Falcone, del Tribunal Oral en lo Criminal N°2, quienes además ordenaron una reparación económica para la hija de la víctima. El hecho ocurrió el 8 de enero de 2019 en Alberti al 1500.

El hombre de 38 años que en enero de 2019 asesinó a Gisel Varela, su ex pareja policía, fue condenado este jueves a prisión perpetua.

El fallo de los jueces Néstor Conti, Alexis Simaz y Roberto Falcone se conoció este jueves a la mañana en la sala del Tribunal Oral en lo Criminal N°2, donde se llevó a cabo el juicio la semana pasada. Los magistrados sentenciaron a Sergio Cejas en línea con el pedido que había realizado la fiscal del caso, María Florencia Salas, en su alegato.

De acuerdo a la reconstrucción del hecho, ocurrido en la mañana del 8 de enero de 2019, Varela -integrante de la Policía Local- salió vestida con su uniforme, chaleco antibalas y su arma reglamentaria del departamento de Alberti al 1500 para esperar un colectivo. Allí, en la parada, apareció Cejas en automóvil. Tras algunos reproches se abalanzó sobre ella y le quitó su arma, con la cual le efectuó varios disparos: tres impactaron en cuello y rostro provocándole lesiones mortales

En cuestión de minutos, Cejas escapó con su vehículo a toda velocidad, y horas más tarde fue localizado y detenido en Miramar.

La materialidad de lo sucedido no fue puesta en discusión durante el debate. De hecho, hubo cinco testigos presenciales que declararon en las audiencias y reconocieron directamente a Cejas como el femicida de Varela.

En ese sentido, el defensor oficial Ricardo Mendoza pidió que se juzguen las acciones del imputado bajo condiciones de emoción violenta o bien se tengan en cuenta circunstancias extraordinarias de atenuación, con lo cual la pena debe oscilar entre los 8 y los 25 años de prisión. Por otra parte, tal como es costumbre en muchos defensores, interpuso el planteo de inconstitucionalidad de la pena perpetua.

La defensa respaldó sus pedidos en el dictamen del perito de parte, quien concluyó en su informe escrito e incorporado al expediente “que Cejas estuvo expuesto durante un largo período a situaciones traumáticas de permanente estrés, que han tenido una gran incidencia en su psiquismo, afectando el adecuado manejo de su conducta y perturbación de la esfera volitiva dando lugar a acciones impulsivas”.

En el debate el especialista amplió sus observaciones y agregó que el imputado “no tenía antecedentes psiquiátricos y tampoco una patología, se encontraba dentro de los parámetros normales”, y que “no padece una personalidad psicopática, no poseía antecedentes alcohólicos, ni de consumo de estupefacientes y provenía de un hogar bien constituido”. Dijo también que Cejas tenía una personalidad sumisa y no constató en él actitudes machistas, por lo que a su criterio hubo un actuar impulsivo.

Según el perito la pareja había sido disfuncional desde el inicio de la relación en el colegio secundario, donde hubo por parte de ambos altercados y engaños. “El cúmulo de estrés y las situaciones traumáticas fueron generando en Cejas dicho estado emocional. Toleró incluso que su pareja se fuera a Brasil y volviera embarazada”, explicó en el juicio.

Para los jueces nada de eso pudo acreditarse en el juicio, sino que por el contrario se demostró que Cejas hostigaba y perseguía permanentemente a Varela. De hecho, al momento de viajar al vecino país y quedar embarazada quedó probado que no estaba en pareja con el imputado, quien a pesar de eso la hostigaba continuamente.

“Se le aparecía en cualquier momento cuando estaba trabajando, también lo hacía en su domicilio de forma intempestiva en cualquier horario, incluso luego de que se le impusiera una orden de restricción de acercamiento. Ejercía sobre ella violencia de género, de forma psicológica, sexual, económica y física. A Varela no se le conoció otra pareja luego de que comenzara a relacionarse con Cejas; en cambio, este último salía con varias mujeres. Tanto Varela como el resto de sus compañeras policías le tenían temor al imputado”, remarcaron en el fallo. Y, en esa línea, manifestaron, que “tampoco se ha constatado en las pruebas observadas y analizadas que Cejas haya obrado en estado de emoción violenta”.

Por todo eso, los jueces Conti, Simaz y Falcone se inclinaron por la postura de la fiscal Salas y acabaron por condenar a Cejar a la máxima pena que prevé la ley penal argentina. Además ordenaron una indemnización económica para la hija de la víctima -quien quedó bajo la guarda de sus abuelos- que resultará del decomiso del automóvil marca Toyota Ethios de Cejas.

Gisele Varela (Foto redes sociales)

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