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Policiales 24 de abril de 2020

Prisión preventiva para Ricardo Rodríguez y aceptación del cambio de fiscal en la causa

La jueza Rosa Frende, como era de esperar, mantuvo en prisión al femicida confeso de Claudia Repetto. También aceptó el cambio de competencia propuesto por el fiscal Castro. Ahora el juez Errandonea y el fiscal Arévalo deben definirse si aceptan la causa.

Ricardo Rodríguez podría recibir prisión perpetua.

Ricardo Rodríguez (54), el confeso femicida de Claudia Repetto (54), continuará detenido hasta tanto se lleve a cabo el juicio oral tras disponer la Justicia de Garantías su prisión preventiva.

En el mismo fallo, la jueza Rosa Frende se inhibió de continuar entendiendo en la causa tras aceptar el planteo del fiscal Fernando Castro de fijar la data del asesinato en la noche del domingo 1° de marzo, lo que quita a ambos del turno en favor del juez Saúl Errandonea y del fiscal Leandro Arévalo.

La decisión es razonable ya que todo indica que el ataque sufrido por Repetto ocurrió poco después de las 20.42 del domingo, aun cuando la ciencia forense no pudo certificar con tanta precisión la muerte. Pero por la misma confesión de Rodríguez y por otra prueba irrefutable como es el análisis de los mensajes de Whatspapp se estableció en la hipótesis acusatoria que la interceptación y ataque ocurrió horas antes del 2 de marzo, cuando tanto el fiscal Castro como la jueza Frende ya no estaban de turno.

La abogada Noelia Agüero, que representa a la familia de la víctima y que siempre se mostró crítica no solo a la labor judicial sino también policial, calificó esta resolución como una maniobra que la deja “decepcionada del Poder Judicial”.

Claudia Repetto.

Claudia Repetto.

El caso causó conmoción en la ciudad a partir de la incertidumbre generada durante casi un mes por la desaparición de Repetto y de Rodríguez. Todo se desencadenó el 1° de marzo por la noche aunque comenzó algunos meses atrás, cuando la mujer decidió terminar con la relación de 3 años de convivencia.   Desde entonces Rodríguez no dejó de hostigarla y acosarla, con el agravante de que ambos seguían viviendo en el mismo PH aunque en distintos departamentos.

Violencia de género

Tal como lo refleja en su fallo la juez Frende “estimo pertinente mencionar, en primer lugar, que de la lectura de estos actuados se desprende claramente que nos encontramos frente a un caso de violencia de género, lo cual conlleva la necesidad de utilizar una perspectiva de género como pauta hermenéutica para analizar y resolver el caso. Implica reconocer que las desigualdades entre hombres y mujeres están en la base de la estructura social y que la violencia del hombre a la mujer responde a ese esquema de poder y subordinación”.

A lo que refiere la jueza, en base a la prueba elaborada por el fiscal Castro, es al contexto tóxico y de violencia en el que vivía Repetto y que no pudo activar herramientas de protección estatal debido a la falta de denuncia.

En el expediente se incluyen numerosos testimonios de familiares, vecinos y amigos de Repetto que dan cuenta de cómo Rodríguez la acechaba. Espionaje casero, simulación de afecto, hostilidad físico-psicológica, persecuciones, invasión de la intimidad fueron algunas de las acciones desplegadas por Rodríguez.

Para la Justicia está absolutamente probado que el 1° de marzo a las 20.42 Repetto quedó registrada su última actividad vital y voluntaria. Fue el mensaje que le envió a su amigo Fabián –conocido del folklore, ámbito que frecuentaba la mujer- para avisarle que estaba saliendo de la casa de la calle Don Orione y que se dirigía hasta la esquina de Rosales para irse juntos a comer pizza. Esa precaución, la de no ser pasada a buscar por la puerta de su vivienda- obedecía a los ataques de ira que le sobrevenían a Rodríguez cuando de alguna salida de Repetto se trataba. Incluso ese mismo día Fabián la había llevado a Repetto y a una vecina hasta la casa y Rodríguez había salido a perseguirlo en motocicleta.

Fotograma exclusivo del momento en que Rodríguez se lleva el cadáver de Claudia Repetto de su casa de la calle Don Orione.

Fotograma exclusivo del momento en que Rodríguez se lleva el cadáver de Claudia Repetto de su casa de la calle Don Orione.

Lo que la ciencia forense comprobó es que Rodríguez golpeó en el rostro a Repetto con tanta violencia que le provocó una lesión severa en la mejilla derecha que le causó una hemorragia fatal por broncoaspiración. El fiscal Castro deja abierta la variable temporal a que el deceso se produjera en el traslado en motocicleta al sostener que “Rodríguez procedió a atarla y envolverla en una sábana para trasladarla a bordo de su motovehículo, donde murió -en virtud de la posición de traslado- por un paro cardíaco causado por la broncoaspiración de su propia sangre”. Esta conjetura no afecta la competencia en favor del fiscal Arévalo ya que el ataque se habría producido poco después de la interceptación, a las 20.42 del domingo. El fiscal Castro en su descripción del hecho calcula a las 21.30 la golpiza sufrida por la mujer.

Lo posterior inmediato a aquel mensaje que la Justicia pudo acreditar acerca de alguna señal o rastro de Repetto fue a las 3.55 ya del lunes, cuando Rodríguez fue captado por una cámara de seguridad transportando en su motocicleta el cuerpo envuelto en una sábana y una bolsa.

Argumentos para el encierro

El fallo de Frende abunda en detalles sobre la relación previa de Rodriguez con Repetto y cita varios testimonios, uno anticipatorio de lo sucedido. “Llegado el caso, me canso, la mato a ella y después me mato yo”, le refirió Rodríguez a un vigilador privado conocido. Cumplió a medias, solo quitándole la vida a Repetto, una mujer que todos destacaron por su calidad de persona y generosidad.

La medida –dice Frende- “encuentra su justificación en primer lugar, en la pena en expectativa para el eventual caso de sentencia adversa a sus intereses (prisión perpetua). Asimismo, entiendo que la circunstancia apuntada no luce huérfana, ya que se debe adicionar el comportamiento del imputado durante el procedimiento, al haber permanecido prófugo por el término de veintiséis días, lo cual indica su voluntad de no someterse a la persecución penal, tal como además fuera corroborado a partir de la comunicación telefónica mantenida con su hermana”.

Por todo ello la jueza convirtió la detención de Rodríguez en prisión preventiva a cumplir en la Unidad Penal N°44 de Batán, donde esperará un juicio que le reserva la pena de prisión perpetua.