Prohíben que se acerque a Azul Zabaleta el joven que le causó la pérdida de la audición
La Justicia de Garantías hizo lugar a la solicitud de la abogada de la alumna del Colegio Don Bosco y el compañero que le provocó las graves lesiones deberá mantenerse lejos de ella. Ocurrió luego de que la hostigara en el mismo establecimiento educativo la semana pasada.
Azul Zabaleta.
El joven que le causó la pérdida de la audición a la alumna del Colegio Don Bosco no podrá acercársele por orden judicial.
Así lo determinó la Justicia de Garantías al imponerle al adolescente una orden de restricción de acercamiento después de que Azul Zabaleta, la víctima, reclamara formalmente el cese del hostigamiento por medio de su abogada, Adelina Martorella. Al parecer, la semana pasada habían sucedido hechos graves, como por ejemplo que el acusado -uno de los tres investigados por la Fiscalía del Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil a raíz del polémico caso ocurrido en julio- hiciera explotar una bolsa cerca de Zabaleta para amedrentarla.
Ante esa situación, que requirió que la alumna debiera ser retirada del colegio en estado de shock por sus padres, el viernes pasado Martorella solicitó la medida extraordinaria y la jueza Rosa Frende se la concedió este lunes.
“Asimismo, implica el cese y/o abstención de todo tipo de acto violento, sea de carácter físico o psicológico, y por el medio de cualquier medio de comunicación, incluso telefónica o por alguna red social”, sostuvo en la resolución la magistrada, quien además hizo saber a las autoridades del Colegio Don Bosco que la restricción concedida deberá regir aun en los momentos en que ambos se encuentren cursando simultáneamente clases en dicha institución educativa a la que ambos concurren y otras dependencias que abarquen actividades de la escuela.
En tal sentido, intimó a las autoridades a arbitrar las medidas que correspondan de modo tal “que se evite absoluta y estrictamente todo contacto entre los nombrados durante toda la carga horaria en la que se encuentren cursando clase y especialmente en los espacios de recreación que eventualmente pudieran compartir, todo ello a los fines de garantizar el derecho a la educación de ambos y de hacer cesar las acciones de hostigamiento”.
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