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La Ciudad 12 de abril de 2024

Qué dice el proyecto de ordenanza para declarar “esenciales” a los municipales

El gobierno municipal dio a conocer el texto mientras el intendente lo anunciaba. Tiene solo dos artículos con contenido y un tercero de forma.

La Municipalidad de General Pueyrredon.

El proyecto de ordenanza que enviará al Concejo Deliberante el gobierno local para declarar “esenciales” a los municipales y evitar los paros fue difundido este viernes, mientras el intendente Guillermo Montenegro lo anunciaba.

Tiene solo dos artículos con contenido (el tercero es de forma). “Declárase de carácter esencial todas las tareas realizadas por empleados/as sujetos/as al régimen de empleo público del ámbito municipal y funcionarios públicos municipales, tanto de la administración centralizada como de los distintos entes municipales, ello así no obstante la existencia de los distintos regímenes particulares a que se hallen sujetos/as en función de las características propias de su labor”, señala el primero.

“En virtud de lo dispuesto por el artículo precedente, los empleados y funcionarios referidos en tanto realicen estas tareas consideradas esenciales no podrán llevar adelante medidas que impliquen la suspensión o interrupción de las mismas”, indica el segundo.

Los servicios públicos –dice el proyecto en sus fundamentos– constituyen un conjunto de actividades prestacionales a cargo del Estado dirigidas a satisfacer necesidades sociales básicas y atender exigencias colectivas de la comunidad en miras a concretar el bien común y el bienestar general”.

“Dentro de estos –apunta– hay servicios públicos que para el Estado son indelegables, tales como la seguridad ciudadana, la policía y la administración de justicia. También hay otros cuyas características y finalidad permiten que puedan ser ofrecidos y prestados paralelamente por instituciones privadas, sin que ello implique que el Estado pueda desentenderse de su obligación principal de asegurarlos, como es el caso de los servicios sanitarios, hospitalarios y educativos”.

“Por último, existen otro tipo de servicios públicos donde el Estado puede prestarlos por sí mismo o por intermedio de un agente privado bajo una concesión o licencia. Dichos servicios deben ser prestados bajo un
régimen que asegure universalidad, generalidad, regularidad, continuidad y condiciones de igualdad, y pueden ser calificados de esenciales o no esenciales, según su importancia y/o relevancia social”, añade.

Según indica el gobierno local, “el concepto de servicio público esencial es dinámico y ha ido evolucionando en función del rol que se le otorgaba al Estado, de las complejidades de las tareas desarrolladas y de ser el gestor del interés general, hasta llegar al día de hoy, en donde podemos considerar que todas las funciones desarrolladas por el Estado resultan esenciales para el ejercicio de los derechos por parte de la ciudadanía”.