Rechazan la prueba del celular en el caso del joven que murió en una persecución policial
Los jueces consideraron que el teléfono de Alan Romero no aportaría elementos para explicar el choque fatal y cuestionaron la hipótesis defensiva sobre un supuesto delito previo. El eje del expediente está en determinar si hubo una falla en el accionar policial.
La Cámara de Apelaciones confirmó que no se abrirá el teléfono celular de Alan Romero, el joven que murió el 29 de enero pasado tras una persecución policial, y ratificó que la investigación deberá concentrarse en la actuación del subteniente Matías Dini, imputado por homicidio culposo calificado.
El tribunal, integrado por los jueces Gastón De Marco y Leandro Favaro, rechazó el planteo de la defensa del efectivo policial, que había pedido acceder al contenido digital del dispositivo para intentar determinar por qué Romero escapó de los agentes y si existía algún hecho previo que explicara la fuga.
La causa analiza las circunstancias que rodearon la persecución que comenzó en inmediaciones de calles de tierra de la periferia de la ciudad y continuó por avenida Luro, donde la moto conducida por Romero terminó impactando contra el patrullero conducido por Dini en una secuencia que provocó su muerte.
Para la defensa, conocer el contenido del celular podía aportar información sobre la motivación de la huida y sobre un posible delito previo. Los abogados del policía sostuvieron que dentro de un morral perteneciente al joven había sido observado un elemento que aparentaba ser un tambor de revólver y que esa situación debía ser investigada.
Sin embargo, la Cámara consideró que ese argumento no alcanzaba para justificar una medida de semejante alcance y remarcó que el expediente ya cuenta con numerosos elementos para reconstruir lo ocurrido durante la persecución.
Los jueces destacaron que la secuencia está documentada mediante registros del Centro de Monitoreo Municipal, declaraciones de los efectivos que participaron del operativo, pericias accidentológicas, fotografías, planimetría y estudios sobre las trayectorias de los vehículos.
Según consta en la resolución, los investigadores ya pudieron establecer que Romero fue perseguido luego de evadir un control policial y que durante el trayecto habría realizado distintas maniobras de riesgo, mientras los efectivos intentaban interceptarlo.
La discusión central de la causa, según señaló la Cámara, no pasa por determinar qué pudo haber ocurrido horas antes de la persecución, sino por establecer si la intervención policial durante el seguimiento y las maniobras realizadas hasta el impacto se ajustaron al “deber de cuidado exigido”.
En ese sentido, el tribunal sostuvo que una eventual infracción previa de Romero no modifica por sí sola el análisis sobre la conducta del efectivo policial durante la persecución. “La legitimidad de la persecución no está aquí discutida”, señaló la resolución, aunque aclaró que el accionar policial debe ser evaluado teniendo en cuenta los riesgos generados durante una persecución a alta velocidad.
La defensa había planteado que la negativa a acceder al celular dejaba al policía en una situación de desventaja frente a las acusaciones que buscan agravar su situación procesal. No obstante, la Cámara entendió que no corresponde habilitar una medida invasiva sobre la privacidad de una víctima fallecida sin indicios concretos que relacionen esa información con el hecho investigado.
De esta manera, la Justicia dejó firme la decisión de no extraer información del teléfono de Romero y mantuvo el foco de la causa en la reconstrucción de la persecución y en la responsabilidad que pudo haber tenido el efectivo policial en el desenlace fatal.
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