Rechazan un nuevo intento de cerrar la causa contra dos integrantes de “La Liga”
La Cámara de Apelación confirmó la decisión del Tribunal Oral y rechazó el pedido de sobreseimiento presentado por Héctor Monteros y Miriam Lamas, imputados por integrar la organización acusada de manipular subastas judiciales en Mar del Plata mediante amenazas y maniobras ilícitas. El juicio comenzará el 3 de agosto.
La Cámara de Apelación y Garantías de Mar del Plata confirmó el rechazo al pedido de sobreseimiento presentado por las defensas de Héctor Ricardo Monteros y Miriam Elizabeth Lamas, dos de los acusados de integrar la denominada “Liga de Compradores”, la organización investigada por presuntamente alterar subastas judiciales durante años para obtener inmuebles a valores inferiores a los del mercado mediante intimidaciones y otras maniobras ilegales.
De esta manera, ambos imputados deberán afrontar el juicio oral previsto para el próximo 3 de agosto, en el que se ventilará la causa por asociación ilícita junto al resto de los acusados.
La resolución confirmó lo decidido previamente por el Tribunal de Juicio, que había rechazado el planteo formulado por el abogado Javier De La Tore, quien pretendía el cierre anticipado del expediente con base en el artículo 341 del Código Procesal Penal bonaerense.
Durante la audiencia ante la Cámara, la defensa sostuvo que la resolución apelada carecía de fundamentos y argumentó que correspondía dictar el sobreseimiento porque los informes remitidos por distintos juzgados civiles y comerciales demostraban que las subastas investigadas habían sido aprobadas judicialmente, que los saldos de precio fueron integrados, las adjudicaciones convalidadas y los inmuebles finalmente inscriptos sin objeciones.
Sin embargo, los jueces descartaron ese planteo. En primer lugar, entendieron que la resolución cuestionada se encontraba debidamente fundada y remarcaron que un análisis profundo de la prueba implicaría adelantar opinión sobre cuestiones que deberán discutirse durante el debate oral.
Además, recordaron que el sobreseimiento previsto por el artículo 341 del Código Procesal Penal constituye una herramienta de carácter excepcional, aplicable únicamente cuando aparecen nuevas pruebas que demuestran de manera evidente la inexistencia del delito, una causal de justificación, inimputabilidad o cualquier otra circunstancia que extinga la acción penal sin necesidad de realizar un juicio.
Para la Cámara, el planteo de la defensa exige precisamente una valoración de la prueba incorporada al expediente, una tarea que corresponde realizar durante el debate oral y no en esta etapa del proceso.
La investigación, impulsada por la Fiscalía de Delitos Económicos y el Cuerpo de Ayuda Técnica a la Instrucción (CATI), sostiene que la “Liga de Compradores” operó durante años en Mar del Plata alterando subastas judiciales mediante amenazas, presiones sobre potenciales oferentes y otras maniobras destinadas a quedarse con bienes inmuebles a precios muy inferiores a los de mercado.
En la causa, Héctor Monteros figura como uno de los presuntos jefes de la organización, mientras que Miriam Elizabeth Lamas está acusada de integrar la estructura delictiva.
Según se desprende del extenso expediente, la organización actuó desde al menos 2013 hasta octubre de 2018, operando de forma sostenida en las subastas realizadas en el Colegio de Martilleros de Mar del Plata. Su propósito: quedarse con propiedades rematadas al menor valor posible, para luego revenderlas o negociar comisiones ilegales. Para lograrlo, desplegaron una serie de maniobras calificadas como “procederes mafiosos”.
De acuerdo a la investigación de la fiscalía, el grupo estaba conformado por más de veinte personas, muchas de ellas con roles definidos: algunos eran los líderes, otros se presentaban como falsos compradores, y otros se encargaban de garantizar que nadie interfiriera en las compras preacordadas.
Con este nuevo fallo, la Cámara dejó firme el rechazo al pedido de sobreseimiento y despejó uno de los últimos planteos previos al juicio, que comenzará el 3 de agosto y en el que se definirá la responsabilidad penal de los acusados en una de las investigaciones más resonantes sobre presuntas maniobras fraudulentas en subastas judiciales de Mar del Plata.
Cabe recordar que el 2 de julio de 2025, dos de los integrantes de “La Liga de Compradores” -Julio César Consorte y Pablo del Corazón de Jesús Quiroz- fueron condenados a 3 años de prisión condicional por el delito de asociación ilícita, tras admitir su participación en los hechos.
La sentencia incluyó reglas de conducta bajo supervisión del Patronato de Liberados. Se trata de actores menores dentro de la temida organización, ya que eran quienes se ocupaban de los mencionados “aprietes”.
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