Régimen de Inocencia Fiscal: los contadores piden definiciones antes de su aplicación
La FACPCE solicitó a ARCA precisiones normativas para reducir incertidumbre y evitar interpretaciones dispares.
La Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE), en representación de los 24 Consejos del país, presentó ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) una serie de aportes técnicos y consultas vinculadas a la reglamentación del nuevo régimen de Inocencia Fiscal, en particular en lo referido a la modalidad simplificada destinada a personas humanas.
El planteo quedó formalizado en un documento técnico firmado por el presidente de la FACPCE, José Simonella, y la secretaria de la entidad, Patricia Sánchez Ruiz. Allí se solicita a la autoridad fiscal que precise distintos aspectos operativos y conceptuales de la normativa, con el objetivo de aportar previsibilidad y seguridad jurídica a los contribuyentes y a los profesionales que intervienen en su aplicación.
Entre los puntos centrales, la Federación pidió aclarar qué períodos fiscales deben considerarse para verificar el cumplimiento de los topes establecidos por el régimen y cuáles serán los criterios aplicables para la valuación de los bienes que integran el patrimonio. También solicitó definiciones sobre el momento en que debe verificarse la residencia fiscal en el país y el alcance de las exclusiones previstas para acceder a la modalidad simplificada.
El documento incluye consultas específicas sobre el tratamiento de las rentas de fuente extranjera, los impuestos pagados en el exterior y la eventual incorporación de rentas presuntas para el cálculo del total de ingresos. En el mismo sentido, se pidió precisar si las rentas exentas o no gravadas deben incluirse en las declaraciones juradas o si el régimen se limita a las rentas alcanzadas por el impuesto.
Otro de los ejes abordados es la vigencia temporal de los beneficios del régimen y el alcance del efecto liberatorio del pago, incluso en situaciones en las que existan planes de facilidades en curso. La FACPCE también solicitó definiciones sobre la presunción de exactitud de las declaraciones y los criterios que se utilizarán para detectar incrementos patrimoniales no justificados.
El planteo se completa con consultas referidas a la situación de los contribuyentes adheridos al Monotributo que, a su vez, se encuentren alcanzados por el Impuesto a las Ganancias, la posibilidad de compensar saldos a favor con otros créditos impositivos y el tratamiento del patrimonio afectado a explotaciones unipersonales.
Además, la entidad pidió aclarar el alcance de la “aceptación del contenido” de la declaración jurada, la información que ARCA pondrá a disposición en las declaraciones predeterminadas, el criterio aplicable a las multas por infracciones formales y el cómputo de los plazos de prescripción. Por último, solicitó precisiones sobre la aplicación del principio de la ley penal más benigna, ya sea de manera directa o mediante una norma específica.
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