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Policiales 15 de julio de 2019

Retiran la acusación contra pareja por explotación laboral

Un hombre y una mujer de nacionalidad boliviana fueron absolutos por la Justicia Federal. Estaban acusados de haber explotado a nueve personas en una quinta de Sierra de los Padres. Para el fiscal, ninguna de las supuestas víctimas había perdido su libertad.

Un hombre y una mujer de nacionalidad boliviana acusados por explotación laboral fueron absueltos por la Justicia Federal al considerar que ninguna de las supuestas víctimas que vivían en una quinta de Sierra de los Padres habían perdido la libertad.

Durante la investigación, el fiscal federal Nicolás Czizik había imputado a Jesús Toribio (41) y a Lucrecia Baldiviezo (52) por los delitos de trata de personas con fines de explotación laboral, agravado por sacar provecho de la situación de pobreza y vulnerabilidad social y económica de las personas allí encontradas, tres de ellas menores de edad.

En la investigación, para Czizik había quedado comprobado que Toribio y Baldiviezo explotaban a nueve personas en la Quinta Gareca, ubicada en el kilómetro 12.5 de la Ruta 226, cerca de Sierra de los Padres.

Sin embargo, el fiscal que estuvo a cargo del juicio, Juan Manuel Pettigiani, retiró la acusación de los imputados y solicitó al Tribunal Oral en lo Criminal Federal que los absolviera.

Pettigiani, en su alegato, concluyó que, en función del análisis global de los hechos, “ninguna de las personas relevadas en el marco de los procedimientos efectivizados en la quinta perdió su libertad, quienes además contaban con documentación para acreditar identidad y acuerdo de pago por los trabajos que se realizaban”.

El fiscal remarcó nuevamente la privación de la libertad y la explotación exigida por la figura penal es aquella que tiene “intención de explotar a la persona deslazada” como elemento subjetivo del tipo penal, y que considera no acreditado en la causa conforme la prueba valorada.

Además, Pettigiani resaltó la declaración prestada por durante el juicio por el titular de la Asociación Frutihortícola de Productores y Afines de General Pueyrredon, Ricardo Velmirovich , quien “ilustró sobre la actividad frutihortícola, las relaciones entre los distintos intervinientes, la determinación de los beneficios que cada uno de ellos obtiene, las condiciones de trabajo y los inconvenientes principalmente de encuadre legal, como así también la manera por la cual generalmente las personas alcanzan a ser productores en el sector”.

De esta manera, el juez del Tribunal Oral Federal, Alfredo Ruiz Paz, absolvió a Toribio y Baldivieza, ordenó el cese del arresto domiciliario y la restitución de los bienes secuestrados.

QUINTA GARECA 02

El caso

El caso se dio a conocer en 2016, por los testimonios de una adolescente de 15 años que se había escapado de la quinta de Sierra de los Padres donde, según aseguraba, era explotada por Toribio y Baldivieza. Meses después, una organización familiar fue desbaratada y otras ocho supuestas víctimas asistidas. En esa oportunidad, los dueños de la quinta -Toribio y Baldivieza- habían sido detenidos.

Un taxista encontró a la niña llorando en el centro de Mar del Plata y la llevó hasta la sala de salud “La Peregrina” para pedir ayuda. Lo que tenía claro era que a la “Quinta Gareca” no quería volver: contó que allí sus hermanos le habían pegado, que tenía que trabajar 14 horas diarias, limpiar la casa, cocinar y hacerse cargo del cuidado de sus sobrinos, bajo la mirada cómplice del dueño del lugar de explotación. Tenía prohibido salir, y la desobediencia le costaba agresiones y amenazas. Ella había llegado con 13 años y el anhelo de estudiar pero nunca pudo ir a la escuela.

El avance de la pesquisa derivó en varios allanamientos, entre ellos el del predio rural conocido como “Quinta Gareca” –y el predio de enfrente- ubicado a tres kilómetros de la ruta provincial 226, a la altura del kilómetro 17,7, Pasaje El Coyunco, sobre la mano que va sentido a Tandil. Allí, se encontraron ocho personas captadas en Bolivia –entre ellas dos adolescentes de 17 años, uno con una situación migratoria irregular- que vivían en precarias condiciones habitacionales y en situación de explotación.

El magistrado, además, mandó a trabar embargos sobre los bienes y dinero de los procesados por un millón de pesos y el decomiso preventivo –que garantice el reparo a las víctimas- del predio rural y de la camioneta 4×4 de los dueños de la quinta.

Las personas que vivían en la Quinta Gareca estaban abocadas a realizar tareas de producción y cultivos de verduras tales como lechuga, radicheta, choclo, acelga, remolacha, repollo, verdeo. Ninguna estaba registrada, eran trabajadores en negro o clandestinos, y las jornadas laborales tenían una “extensión abusiva”, según se desprende del procesamiento, que también marca la falta de horas y días de descanso y la manipulación sin elementos de seguridad adecuados.

En este sentido, el juez reparó que más allá de que hubo víctimas que dijeron manejar sus “propios horarios” y que la mayoría no pudo brindar mayores precisiones respecto a la jornada laboral, la modalidad de pago era a través de un porcentaje de las ventas de lo producido “por lo que se desprende de sus testimonios que trabajaban durante largas jornadas, sin días de descanso, ya que su trabajo respondería a la demanda del momento”.

QUINTA GARECA 03

Consentir la “explotación”

Si bien algunas de las víctimas manifestaron hallarse a gusto trabajando y viviendo en el predio, o querer seguir allí, a pesar de las condiciones en que se encontraban, el juez Inchausti señaló: “Sus expresiones y el consentimiento que directa o indirectamente hubieran prestado para su acogimiento en el lugar, deben ser analizados partiendo del contexto social al que pertenecen, su situación económica, cultural, administrativa, su pertenencia a la población trabajadora de origen extranjero y/o migrante, lo que los ubica entre los colectivos más vulnerables al empleo irregular y a la explotación laboral”.

Enseguida marcó que tal suerte de “voluntad”, “no implica la ausencia de indicadores de trata y reducción a la servidumbre, sino la presencia de otros elementos, como las carencias sufridas en sus lugares de origen y una situación de vulnerabilidad y desamparo extremas que, en un país y una sociedad completamente ajenas, viene a robustecer, en la víctima, la percepción de ausencia de mejores opciones de vida y su no reconocimiento de tal condición”.



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