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Policiales 15 de noviembre de 2017

Revocaron probation a Materia y Píccoli en el caso Parra

En un fallo inédito y singular, una jueza itinerante revocó una suspensión de juicio a prueba que prácticamente estaba agotada.

Los padres de Yésica Parra.

Una jueza revocó la suspensión de juicio a prueba que se había aplicado a Julián Materia y Patricio Píccoli por el homicidio culposo de la bailarina Yésica Parra y si las apelaciones de las defensas no progresan debería realizarse un juicio oral.

La jueza itinerante Mariana Iriani resolvió a favor de interrumpir la probation dos años después de ser acordada por el fiscal Pablo Cistoldi y el juez Leonardo Celsi. Fue luego de la solicitud de Ana María Boeri, defensora General y representante de la familia de la víctima, que interpuso la queja por considerar que no pueden firmarse probation en causas que tengan prevista pena de inhabilitación, como son las de homicidios culposos.

La muerte de Yésica Parra se produjo el 15 de enero de 2014 cuando, a bordo de la motocicleta conducida por Piccoli, la joven bailarina fue embestida por la camioneta manejada por Materia en la esquina de Mendoza y Matheu.

El 13 de abril del año 2015 el juez Celsi resolvió suspender el proceso a prueba contra ambos por dos años, sometiendo a los imputados a distintas reglas de conducta que fueron cumplidas. La suspension del juicio a prueba fue dictada en disconformidad con las víctimas y el propio juez que obró por jurisprudencia en contra de su opinión.

El 4 de octubre de 2014 se abrió una nueva investigación para determinar si Materia habia participado en un nuevo y fatal siniestro vial.

En medio de esta causa, los padres de Yesica Parra fueron condenados por el delito de coacción contra el fiscal Cistoldi (por las distintas marchas y reclamos) aunque luego la Cámara de Apelaciones revocó el fallo y los absolvió.

Cuando la suspensión estaba firme y a punto de agotarse (el 15 de octubre), Boeri insistió con la revocatoria y la Cámara resolvió sortear un nuevo juez. Después de algunas inhibiciones quedó en la responsabilidad de Iriani fallar al respecto.

Cistoldi se apartó de continuar la discusión judicial a raíz del enfrentamiento con los Parra, de modo que la Fiscalía General designó a Leandro Arévalo.

Finalmente en los últimos días se hizo la audiencia en la que la jueza advirtió que “acepto que me ha tocado intervenir y resolver “in extremis” y que la tarea de tomar un decision controvertida en base a un plante innovador requiere un esfuerzo hermenéutico peculiar”.

Luego agregó que “uno de los puntos es amalgamar la vigencia de la normas que coexisten y provienen de movimientos historicos distintos”. En otras palabras, reintrepretar anteriores legislaciones “para que mejor replique los actuales derechos de que gozan las victimas, incluidas en este concepto los familaires de muertes violentas”.

El segundo punto que inclinó la decisión de la jueza fue “la palabra final de los veraderos actores. Las palabras del padre de la víctima aplicando un claro criterio de sinceridad me impiden perder de vista la legitimidad del conflicto frente a las posicbles soluciones técnicas-legales que excluyen no solo a esa legitimidad sino a los mismos titulares del conflicto lamentablemente ignorados hasta ahora. Estimo que entre la inseguridad juridica que supone el cierre anticipado y definitivo del proceso con la consecuencuente extincion de la accion y la inseguridad juridica que deviene de revocar la suspension de juicio a prueba sobr el filo de su finalizacion, ponderando todos los extremos que se analizaron, permea mayor inseguridad permitir el fenecimiento de la accion”.

Ahora las defensas Mariana Fardin (Piccoli) y Facundo Capparelli (Materia) apelarán este fallo que supone una jurisprudencia singular ya que deberán revisarse decenas de probation otorgadas en casos similares.