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Policiales 20 de noviembre de 2022

Robó una camioneta, atropelló y mató a una mujer: 10 años de prisión

Además, el Tribunal N° 2 consideró a Nicolás Echeverría reincidente. Fue condenado por haber atropellado y matado a Alejandra Noemí Almada en septiembre de 2019, luego de robarle la camioneta a un trabajador de la firma Arcor.

En un juicio abreviado, el Tribunal Oral en lo Criminal N° 2 condenó a Nicolás Echeverría por haberle robado una camioneta a un trabajador que hacía repartos en el barrio Cerrito Sur y, en plena huida, haber atropellado y matado a Alejandra Noemí Almada.

El juez Alexis Simaz condenó a Nicolás Echeverría a 10 años de prisión por los delitos de “robo de vehículo dejado en la vía pública y homicidio simple“. Además lo consideró reincidente, ya que en ese mismo tribunal lo habían condenado en 2013 a 4 años y 6 meses de prisión por un “robo agravado por el uso de arma de fuego en grado de tentativa”.

El hecho por el cual fue juzgado Echeverría ocurrió el 13 de septiembre de 2019 a las 10 de la mañana, cuando el joven le robó a un repartidor de la firma Arcor la camioneta con la que hacía repartos y que había estacionado frente a una despensa en Génova al 5400. En esa oportunidad, Echeverría subió la puerta del conductor y se dio a la fuga a gran velocidad, logrando vencer la resistencia del damnificado que al advertir la maniobra quiso impedirla abriendo la puerta del acompañante.

Al huir, “desinteresándose por la vida y salud de persona alguna”, condujo el vehículo a gran velocidad por las calles del barrio Cerrito Sur y embistió en su camino a Alejandra Noemí Almada, quien caminaba por Gutemberg cerca de la intersección con Gianelli, causándole múltiples heridas que la llevaron a un paro cardiorrespiratorio y su consecuente muerte.

Echeverría dejó atrás a la víctima y continuó su camino hasta que abandonó el vehículo en Don Orione entre Güiraldes y García Lorca.

Una camioneta que iba “volando”

Según las pericias realizadas, la camioneta marca Kia que Echeverría robó tenía un golpe en el parabrisas del lado izquierdo, una abolladura en el centro del capot, la chapa patente delantera doblada hacia adentro, el faltante de la chapa patente trasera, una abolladura en la parte inferior de la puerta derecha y el paragolpes del lado derecho desprendido, lo que para el perito mecánica denota la “gran velocidad” a la que iba.

Por otra parte, el fiscal Fernando Berlingeri también destacó que el condenado no tuvo en cuenta que las arterias por las que condujo, en su mayoría, son de granza y tierra, siendo de doble sentido el tránsito vehicular, sin cordones cunetas en su gran mayoría en mal estado de uso y conservación, con un tráfico vehicular y peatonal constante durante el día.

La camioneta iba raudamente, chocando los cestos de basura de ambas manos“, expresó un testigo durante la investigación. “La camioneta voló, cruzó sin frenar Cerrito. Nunca frenó, se tambaleó para ambos lados a punto de volcar. Venía ‘al taco‘”, dijo otro.

 

De esta manera, es que la víctima al ser impactada por la camioneta que manejaba Echeverría falleció prácticamente al instante. La autopsia realizada al cuerpo de Alejandra Almada indicó que sufrió traumatismos múltiples: el hígado y el riñón derecho estaban totalmente destruidos, su pelvis poseía una fractura extensa, su fémur derecho una fractura expuesta y su cráneo presentaba una herida contuso cortante.

“No quise matar a nadie”, una frase que poco vale

Echeverría reconoció su conducta ilícita y se arrepintió. Lo que para el juez Simaz fue considerado como un atenuante.

Como agravante, el juez destacó que colocó a terceros en peligro por su conducción violenta y desprensiva. Además de la juventud de la víctima y su carácter de madre con el consiguiente padecimiento de sus hijos menores de edad y que el vehículo robado era la herramienta de trabajo de la víctima

“No quise matar a nadie”, dijo Echeverría ante el juez, pero en la sentencia Simaz dijo que esa frase quedaba “desvirtuada”, ya que el imputado huyó conduciendo a gran velocidad, sin frenar, sin distinguir entre calles asfaltadas y de granza, atravesando cruces y subiendo veredas sin disminuir la velocidad e impactando cestos de basura.

“No pudo haber escapado a su conocimiento que manejar un rodado de ese tenor y en las condiciones expuestas era una situación de riesgo grave, cierta y concreta contra terceros. Por lo que, aún si fuera cierta que su voluntad no fue la de querer matar a alguien, lo cierto es que su voluntad queda al margen del análisis”, expresó el juez del Tribunal N° 2 y agregó: “Echeverría eligió conducir a gran velocidad y la violencia desplegada en su forma de manejar tenía por objetivo procurar su huida. En ese contexto y a ocho cuadras del lugar donde robó el vehículo embistió a Alejandra Almada y le provocó la muerte y aún luego de chocarla continuó conduciendo de igual forma por once calles más, demostrando con ellos un claro y repulsivo desprecio no solo de la víctima sino también hacia terceros que pudieran entrometerse en su camino”.

“No hay dudas que al conducir así, Echeverría conocía que podía causar un resultado fatal. Advirtió que podía causar la muerte, y la causó, independientemente de su estado anímico. Todas estas situaciones en el obrar de Echeverría generaron situaciones de riesgo que inevitablemente iban a concretar un resultado como el que finalmente aconteció”, concluyó el juez Simaz.



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