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Policiales 12 de febrero de 2021

Sobreseyeron al policía Diego Gancedo acusado de quedarse con los bienes de un muerto

La Justicia de Garantías estableció que aquello por lo que se lo imputaba no constituía delito. Resta establecer si será reincorporado a sus funciones policiales.

El exjefe policial de Drogas Ilícitas, comisario inspector Diego Gancedo, fue sobreseído por la Justicia de Garantías luego de establecerse que aquello por lo que se lo imputaba no constituía delito.

Tanto Gancedo, como su hermano José, también integrante de la fuerza policial bonaerense, habían sido acusados por el fiscal Fernando Berlingeri al entender inicialmente que habían aprovechado la muerte en la calle de un hombre sin herederos aparentes para quedarse con una vivienda, un local y otros bienes.

Sin embargo, con el correr de la investigación se pudo determinar que, si bien el procedimiento de los hermanos Gancedo había sido irregular y desprolijo, no configuraba delito. Para ello consideraron que nunca los imputados dispusieron de los bienes y que solo se ordenó una custodia (transformada en ocupación) de la casa del fallecido.

Dicha orden fue extendida por la fiscal María Isabel Sánchez, en lugar de la Fiscalía de Estado, que es quien debe intervenir en una situación así.

Al respecto los policías dijeron desconocer que el procedimiento fue ese ya que siempre se comunicaban con la fiscalía de turno. De hecho varios policías declararon en ese sentido, asegurando que fueron así instruidos. “La omisión de comunicación a la Fiscalía de Estado no puede ser atribuida como intencional, y si quisiera otorgarse trascendencia penal a esa omisión, valorada en solitario – estaría obturada, ya que no puede generar una reacción punitiva la conducta de quienes desconocen la existencia de un marco normativo que les exige una actuación positiva y omiten su realización”.

El caso se produjo en el año 2016 cuando Diego Gancedo era titular de la comisaría segunda, con jurisdicción en la feria comercial en la que falleció Luis Aguado de una indisposición. Debido a que no se presentaron en el lugar familiares, Gancedo dispuso ir hasta la casa ubicada en Juan B. Justo al 3100 y una cochera en Catamarca al 4300.

Fue entonces que la fiscal Sánchez autorizó a Gancedo a dejar a su hermano como custodia de la casa y en las horas siguientes sucedieron algunas situaciones reprochadas en un principio por la Justicia, como el hecho de que los policías pagaran el entierro de Aguado. No obstante, se aseguró que no usaron dinero propio, sino de la víctima.
Esa y otras desprolijidades se agregaron al procedimiento.

Sin embargo, el propio fiscal Berlingeri consideró que no estaba acreditado el delito y pidió el sobreseimiento, a lo que la jueza Bustos hizo lugar por el beneficio de la duda.

“A partir de los expuesto, se puede presumir, en esta instancia procesal, y partiendo del principio constitucional ‘in dubio pro reo’, que la maniobra ardidosa, que se presumía desplegada por los causantes en la hipótesis fiscal originaria de estos actuados, no pudo acreditarse con el grado de certeza exigido, pese a haber transcurrido casi cuatro años”, dice en su fallo la juez Bustos.

Ahora resta establecer si los hermanos Gancedo serán reincorporados a sus funciones policiales o si les cabe alguna sanción administrativa por la forma de proceder.