Además, está acusado de abusar sexualmente de una adolescente. La fiscalía y la querella también reclamaron la reparación económica y pidieron la revocación inmediata de la prisión domiciliaria de la que goza el acusado.
El fiscal general subrogante Carlos Fioriti solicitó al Tribunal Oral Federal de Mar del Plata la imposición de 25 años de prisión para Christian Gilberto Bustos por considerarlo culpable de haber explotado sexualmente a dos exparejas y haber abusado de la hija adolescente de una de ellas.
El pedido de pena del fiscal fue compartido por la defensora Pública de la Víctima, Inés Jaureguiberry, ante los jueces Roberto Falcone, Fernando Minguillón y Nicolás Toselli.
Fioriti además solicitó la revocación inmediata de la prisión domiciliaria de la que goza Bustos, pedido que fue compartido por la querella. En este sentido, sostuvo que no está acreditado en el legajo el problema de salud que sustenta actualmente el acceso del acusado a ese beneficio y planteó que, mientras se requiere un nuevo informe médico, debe permanecer detenido en prisión, dado que la perspectiva de la pena en este caso se traduce en un aumento del riesgo de fuga.
Acompañado por parte de su equipo, el representante del MPF requirió además que en la sentencia se dispusiera la restitución a las víctimas de una vivienda construida en la zona de Playa Serena, como también del dinero que le fue secuestrado al acusado. Por otro lado, planteó la indemnización por daño moral, prevista en el artículo 29 inciso 2 del Código Penal, para cada una de las víctimas por el monto de 10 millones de pesos.
Por su parte, la querella pidió la reparación integral de cada una de las víctimas. En relación a NC y SPG, las dos exparejas del acusado, cuantificó el daño producto de la explotación (salarios mínimos por el tiempo de explotación, multiplicados por dos), sumado al daño moral. En el caso de XM, hija de NC, el cálculo fue por el daño moral producido. Los montos requeridos van desde los 30 a los 95 millones de pesos.
El juicio se retomará el miércoles 17 a las 9.30 con el alegato de la defensa oficial.
Cronología
De manera cronológica, el primer hecho juzgado fue el sufrido por SPG, quien fue sometida al ejercicio de la prostitución desde que tenía 18 años, en 2001. El fiscal describió que en ese momento, la mujer era madre de dos niñas, producto de su relación con Bustos y narró que el acusado era quien determinaba los lugares, horarios y tarifas de la situación de explotación y se quedaba con el rédito económico.
Fioriti advirtió que Bustos llevó a cabo un “ablande psicológico” previo, que, a fuerza de golpes, logró quebrantar la voluntad de la víctima. Indicó que SPG tenía 14 años y vivía en La Plata, con proyectos por delante, que quedaron truncos luego de conocer a Bustos, quien le mintió sobre su edad y la trasladó a Mar del Plata para tener a su primera hija meses después.
La mujer logró relatar más de 20 años después en este juicio el primer hecho de violencia: contó que, luego de caminar por la calle y subirse a un auto, Bustos le dio una trompada por estar “mirando a otro hombre”. La fiscalía reconstruyó que a partir de allí la violencia se convirtió en una cuestión cotidiana e incluyó episodios de patadas, golpes en las costillas hasta no poder respirar e incluso le hizo tomar su orina.
Según narró Fioriti, en ese contexto el acusado ordenó a la víctima el ejercicio de la prostitución o volverse a La Plata con sus dos hijas, para lo cual le generó un “endeudamiento inducido”, que le trae problemas al día de hoy. El cálculo que hizo la fiscalía, con el monto actualizado, es que Bustos se llevaba unos mil dólares diarios por la explotación sexual de su entonces pareja.
El segundo hecho fue relatado por la defensora de Víctimas Jaureguiberry en su carácter de querellante y tuvo como víctima a NC. Sostuvo que el vínculo con Bustos se había iniciado en 2010, luego de que ella fuera con sus dos hijos a vivir a la casa de su madre en Mar del Plata, tras una relación trunca. Seis meses después, mientras la mujer cursaba un embarazo, el acusado dispuso la mudanza a otra vivienda en esa ciudad.
Para la defensora de Víctimas, quedó en evidencia en este segundo caso el mismo mecanismo de aislamiento realizado con su anterior pareja, a partir del alejamiento vincular de sus núcleos familiares, pues sostuvo que en esa nueva vivienda se iniciaron y acrecentaron las situaciones de violencia contra NC y sus dos hijos más grandes.
En este punto, Jaureguiberry reparó en la dificultad que tenía la víctima para denunciar a Bustos, y recordó el relato de NC sobre la noche en que logró llegar hasta la comisaría de Playa Serena, donde fueron a vivir en 2013, pues allí no solo no le tomaron la denuncia, sino que dieron aviso al denunciado.
De acuerdo con la investigación, en ese entonces Bustos comenzó a insistir para que la víctima se prostituyera: las insinuaciones derivaron luego en manipulación, invocando la necesidad económica de sus hijos, sostuvo la representante de la querella.
Jaureguiberry sostuvo que el acusado naturalizaba la prostitución, le decía que él podía cuidarla, que se iba a acostumbrar, que SPG también lo hacía y que otro trabajo no sería tan redituable. Citó el relato de la víctima para narrar que una noche su negativa a los deseos del Bustos derivó en agresión física e incluso el sujeto se fue de su casa durante dos días, dejándola sola con los niños y sin dinero para comprar comida. La secuencia se repitió a fuerza de amenazas, violencia y amedrentamiento: “Hice lo que tenía que hacer”, relató NC ante el tribunal sobre su ingreso al sistema prostituyente.
Según reconstruyó la querella, la situación de explotación se repitió todas las noches, durante cinco años, sin importar el clima ni el estado de salud de la mujer. “La situación de control era constante, permanente y total”, señaló luego.
El tercer caso es el de XM, hija de NC, quien tenía 9 años cuando comenzó a convivir con Bustos. De acuerdo con lo relato por la parte acusadora en el juicio, a sus 14 años XM era obligada a realizar las tareas de la casa y a cuidar de sus hermanos más chicos, mientras el acusado explotaba a su mamá. “No tenía posibilidad de decir que no. Era tanto el miedo que no podían decir que no”, sostuvo la querellante, y señaló que la niña era sometida a distintas violencias e incluso amenazada con que sería obligada a ejercer la prostitución.
Agregó que las situaciones de abuso sexual comenzaron en 2011, cuando el sujeto ejercía tocamientos en sus partes íntimas, y continuó poco tiempo después, con 11 años de edad, con abuso sexual con acceso carnal, por primera vez. De acuerdo a la reconstrucción de los hechos, hubo al menos cinco situaciones de abuso, que hasta hoy vuelven a su mente en forma de “flashes”.
El fiscal subrogante Fioriti alega acompañado por parte del grupo de colaboradores del MPF. Foto: B. Cano/MPF.
Violencia como denominador común
Jaureguiberry marcó durante su alegato algunas continuidades entre el caso de SPG y NC: la utilización de la técnica del “novio” como un mecanismo de captación, “un vínculo amoroso que luego se veía atravesado por la mentira, las violencias y el sometimiento para introducirlas en el circuito de explotación”; el aislamiento de los grupos familiares y de contención, además de la demonización de sus familias; la violencia, que fue escalando, lo que anulaba la voluntad de las víctimas; y el “control omnipresente”, tanto “del cuerpo, de la sexualidad, de las emociones, como económico”, como también de los movimientos, “como un obstáculo real y permanente para pedir ayuda”.
Por su parte Fioriti, antes de solicitar la pena, advirtió por un lado que “la violencia fue el medio empleado como un denominador común” para la comisión de los delitos: “La violencia le permitió a Bustos aniquilar la voluntad de las tres víctimas y hacer con ellas lo que se le viniera en ganas”.
Por otro lado, reparó en la extensión del daño causado por el accionar ilícito del imputado. Recordó que al respecto el relato de una de las víctimas: “Lo que nos dijo es que Bustos le había metido en la cabeza que no servía para otra cosa. Incluso la estigmatizaba diciéndole que si conseguía otro trabajo, la reconocerían”, apuntó.
La valoración del testimonio de las víctimas
El fiscal se refirió a la valoración del testimonio de las víctimas, en función a los artículos 16 y 31 de la Ley 26.485, de Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, que refieren a la amplitud probatoria en delitos donde las víctimas resultan ser sus testigos naturales.
“Las imprecisiones o dificultades no quieren decir que los hechos no hayan existido, o que las víctimas no hayan sido víctimas de estos delitos, sino que tiene que ver con una cuestión de supervivencia, de dejar atrás aquello que pasó, de dar vuelta la página. Lo dijo literalmente la víctima XM: ‘yo ya lloré mucho, quiero que esto termine, necesito continuar con mi vida, más allá de los flashes’, que persisten en su cabeza”, indicó Fioriti.
Al cerrar este punto, el representante del MPF indicó que –conjuntamente con la querella- entendía que “el testimonio de las víctimas es la prueba fundamental y que debe prevalecer, porque esa declaración –brindada de manera completa, coherente y detallada- sumada al resto de la evidencia, va a llevarnos a la reconstrucción histórica del hecho”.
Perspectiva de género
Fioriti reparó en que los hechos debían ser analizados bajo una mirada de género, de acuerdo a los compromisos asumidos por el Estado argentino. “Es necesario abandonar el sesgo androcentrista que naturaliza y posibilita estos hechos, estas prácticas de dominio y abuso sobre las mujeres”, indicó, y recordó los preceptos de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW), que condena “la violencia contra la mujer, por el solo hecho de ser mujer”, y la Convención de Belém do Pará, que impone al la obligación de prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres -según refirió- “con determinación y eficacia para mandar un mensaje claro a la sociedad y posibilitar cierta confianza de las víctimas en estas instituciones”.
“La ineficacia judicial frente a hechos de violencia contra las mujeres, lo que hace es propiciar un ambiente de impunidad y facilitar la perpetración de estos actos en el tiempo”, señaló Fioritti con base en fallos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.