La Ciudad

Solicitan medida cautelar para reactivar la gastronomía y actividad deportiva

La presentación fue realizada por el abogado Néstor Fernando Herrera ante el Juzgado Federal N°2 de esta ciudad. Es el letrado de un grupo de empresarios gastronómicos y de complejos deportivos.

Representantes de comercios gastronómicos de la ciudad y de complejos deportivos a cielo abierto solicitaron una medida cautelar con el objetivo de poder desarrollar la actividad con normalidad bajo el argumento de la inconstitucional del DNU que reglamente la ASPO en el país.

La misma recayó en el Juzgado Federal Civil N° 2 y es contra el Poder Ejecutivo Nacional, “a efectos de hacer cesar el estado de incertidumbre sobre la existencia y alcance del DNU N° 754/2020”, ya que consideran que “produce un daño permanente al patrimonio” de los comerciantes de General Pueyrredon.

La presentación la hizo el abogado Néstor Fernando Herrera, quien hace foco en el derecho constitucional del libre trabajo y el ejercicio lícito del comercio. Además, se solicita que se cite como tercero interesado al Municipio. “El DECNU 754/2020 avanza sobre las facultades no delegadas de la Provincia de Buenos Aires en el Poder Ejecutivo Nacional vulnerando la autonomía de los municipios bonaerenses e intentando justificar su incompetencia en una causa excepcional que la ha mantenido más de 18 años sin ocuparse de la misma”, argumenta la denuncia y aclara que la Emergencia del Sistema Sanitario existe desde 2002.

En primera instancia se pide a la Justicia Federal una acción declarativa de certeza para que se expida sobre los decretos de Necesidad y Urgencia que dispone y prorroga el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (ASPO). En unos de los pasajes de la demanda se mencionan opiniones vertidas por Ricardo Lorenzetti, juez de la corte Suprema de la Nación, que indica que una resolución extraordinaria sostenida en el tiempo se transforma en autoritaria y arbitraria, por lo tanto inconstitucional,

A ese pedido se lo acompañó con la solicitud de una medida cautelar tendiente a garantizar los derechos de trabajo y libre comercio en la ciudad, que contemple la facultad del Municipio a realizar la apertura con los protocolos sanitarios correspondientes.

Por último recuerda que hay un fallo de la Corte que establecen que no se puede generar un daño sin reparación, por lo que se interpuso una demanda por daños y perjuicios al Estado Nacional sobre las pymes por el cierre de sus locales.

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