La AFIP estableció el procedimiento para que las pymes accedan al beneficio de amortización acelerada
El beneficio para los contribuyentes estará disponible hasta este viernes, pero las micro y pequeñas empresas tendrán tiempo hasta el 6 de mayo.
El beneficio para los contribuyentes estará disponible hasta este viernes, pero las micro y pequeñas empresas tendrán tiempo hasta el 6 de mayo.
Además, la AFIP otorgó más tiempo para que los contribuyentes puedan acceder a estas herramientas: la adhesión a la moratoria podrá realizarse hasta el 29 de abril, mientras que la condonación de deudas y el beneficio para contribuyentes cumplidores se podrá solicitar hasta el 18 de abril.
La Afip anunció planes de pago del sistema “Mis Facilidades”. Lo hizo a través del Boletín Oficial, donde prorrogó vencimientos por 60 días.
La medida facilita la tramitación de las solicitudes de acreditación, transferencia o devolución del beneficio fiscal.
Ya no requerirán de una estampilla aduanera puesto que comenzará a utilizarse para su control el código denominado identidad internacional de equipo móvil.
Fueron a contribuyentes con elevada capacidad contributiva y permitieron desarticular y sancionar maniobras de evasión, así como situaciones de precarización laboral.
El Ministerio de Salud definirá el listado de prestadores que serán beneficiados. Incluirá, entre otros. a prestadores médico-asistenciales, instituciones de salud mental; establecimientos de rehabilitación, residencias geriátricas y obras sociales estatales.
Se realizará de manera online a través de la página web del Banco Ciudad. Los interesados e interesadas deberán inscribirse hasta 48 horas antes del remate.
La titular de la AFIP subrayó que "no se está pensando en crear nuevos impuestos sino en mejorar los ya existentes".
Los contribuyentes que hayan sobrepasado determinados montos de facturación en el acumulado de todo 2021 tendrán que realizar la debida actualización, ya que la AFIP aclaró que en esos casos se trata de "un procedimiento obligatorio".