La próxima semana comienza un breve juicio contra un “cuidacoches” que extorsionó a un conductor para que le diera dinero anticipado y como la víctima no accedió le rayó la camioneta.
Por Fernando del Rio
Existe una “ley” que dice que en Mar del Plata debe haber un Registro Municipal de Cuidadores de Vehículos y que debe estar a cargo de la Policía Municipal. Esa ley es la Ordenanza N°2450 del año 1964 y no “existe”, porque ni existe el Registro ni mucho menos la Policía Municipal. Entonces la actividad no está prohibida, lo que está prohibido es que lo haga quien no esté en el registro. Por lo tanto, en la práctica, está prohibida.
Nadie puede ir preso por blandir un trapo y querer recibir una suerte de propina de un automovilista por un servicio que, a la vista está, es innecesario y, cuanto menos, extraño: ¿cuida el coche solo si se le paga?, ¿de quién o qué lo cuida? ¿ayuda a estacionar a los menos diestros?, ¿reserva lugares con autoridad concedida por quién?
Cuando la ordenanza aquella se aprobó le otorgaba al cuidacoches algún rol de ordenador, pero atención, además le daba (da) la posibilidad de acordar convenios con entidades públicas y privadas para “atender servicios de vigilancia con sujeción a la reglamentación que se dicte”. Eso sí, siempre se destacaba (destaca) que la “contribución” percibida sería de carácter voluntario. Incluso, la ordenanza abría (abre) espacio en su artículo 4 para el ingreso de alguna representación gremial.
Lo cierto es que todo eso deviene abstracto porque no se cumple desde nunca y décadas de des-control transformó la actividad en algo cuestionado por la mayoría y así entendido por el gobierno municipal que, formas al margen (esa es otra dicusión clave), la busca erradicar. La ordenanza nunca se reglamentó en detalle y su aplicación ingresó en un limbo burocrático. Hubo intentos en el último tiempo por darle forma a una nueva ordenanza regulatoria de la actividad, pero parecería ser un tema de tironeo político e ideológico en el que no se ponen de acuerdo el oficialismo y sus opositores.
Exceptuando a aquellos que son serviciales, conocidos de los comerciantes, buena y necesitada gente, amables e incapaces de molestar, mucho menos cometer un delito, es real que la labor de cuidacoches se convirtió en todo lo contrario. Y ser violento y extorsivo, no es gratis.
Rayones en la camioneta efectuados por el “trapito”
El próximo martes se producirá la primera audiencia de un juicio impulsado por el fiscal Luis Ferreyra contra un hombre de 37 años llamado Juan Altuna. Se trata de un ciudadano en situación de calle, frase ya acuñada para definir a quienes no tienen un hogar o domicilio fijo. El problema con Altuna, según la acusación fiscal, es que actuó de la manera en que lo hacen muchos “trapitos” y que termina consolidando el rechazo de gran parte de la sociedad.
El 3 de octubre de 2024 un hombre estacionó una camioneta VW Amarok en el boulevard Marítimo y Las Heras, donde el cuidacoches tenía su cuadra. Eran las 15.30 y, casi sin presentación, Altuna dejó en clara su postura: “una propina o te rayo la chata”. El automovilista, para evitar confrontar, le dijo que le iba a pagar pero que le urgía ir al baño, pero el “trapito” le insistió: “te voy a rayar la chata”. Solo 15 minutos después, al regresar, el hombre advirtió que tenía rayado el capot, el guardabarros izquierdo y las dos puertas de ese lado.
La policía acudió tras el llamado al 911 y al cabo de una mínima recorrida detuvo a Altuna. En sus bolsillos tenía dos llaves plateadas. Altuna quedó detenido y acusado de los delitos de extorsión en grado de tentativa y daño, con una pena mínima en expectativa de 2 años y medio de prisión. No se puede aplicar el instrumento de suspensión de juicio a prueba porque ya tenía una anterior por desobediencia y violación de domicilio. Por eso, se debe dictar sentencia. Un detalle más: en 2023 también le habían abierto una causa penal por maltratar a un automovilista de nacionalidad china.
El caso de Altuna se agrega a una larga lista de cuidacoches que deberán rendir cuentas ante la Justicia no por el hecho de ser cuidacoches, porque en ese caso, quien debe intervenir es el juzgado de faltas por tratarse de un incumplimiento a una normativa municipal. Deben rendir cuentas por extorsionar y provocar daños en automóviles.
La próxima semana también el fiscal Ferreyra participará de una audiencia en la que se resolverá si continúan en prisión preventiva dos hombres de 30 y 32 años que extorsionaban a tres ancianas 87 años en su casa de calle Garay al 2800. Son personas que oscilan entre el merodeo y el autoimpuesto rol de “cuidacoches”.
La extorsión consumada (cuando hay disposición patrimonial de parte de la víctima, es decir, cuando entrega el dinero), tiene una pena que arranca en los 5 años y, por lo tanto, no es excarcelable. Normalmente las acciones quedan en tentativa, porque no llega a pagar la víctima, pero es un hecho que tiene una pena que parte de los 2 años y 6 meses de prisión.
Ser “trapito” sin estar incluido en el inexistente Registro de Cuidadores de Vehículos es ilegal y tiene consecuencias punitivas que no significan demasiado. Ser “trapito” violento, además, supone la intervención de la Justicia en el ámbito penal que puede enviarlo a la cárcel.
El espacio público debe ser resguardado de las contravenciones por el Estado municipal y en una sociedad violenta y desordenada, buscar algo de orden sin violencia se impone como una obligación.