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Policiales 28 de septiembre de 2017

Caso Melmann: familiares rechazan el pedido de salidas transitorias de los tres detenidos por el crimen

Inició hoy el proceso de tres audiencias mediante el cual los acusados de violar y matar a la adolescente solicitarán el beneficio.

Familiares de Natalia Melmann, adolescente asesinada en Miramar en febrero de 2001, se presentaron en Tribunales para manifestar su rechazo a la solicitud de salidas transitorias por parte de Oscar Echenique Ricardo Anselmini y Ricardo Suárez, los tres detenidos acusados de ser los autores del hecho. Los hombres fueron condenados a perpetua en 2002 por el Tribunal Oral en los Criminal Nº2, sentencia confirmada por la Suprema Corte.

“Ellos cometieron los delitos de violación seguida de muerte, rapto, tortura y eran agentes de seguridad. Tienen todos los elementos que el Código Penal castiga, es claro que deben cumplir la reclusión de condena perpetua”, reclamó ante la prensa local Gustavo Melmann, padre de la víctima.

Según se indicó, la solicitud del beneficio fue formulada de manera individual por cada detenido. En la mañana de este jueves tuvo lugar la primera audiencia, en la que se trató la situación de Oscar Echenique. El 5 y 11 de octubre será el turno de Ricardo Anselmini y Ricardo Suárez, respectivamente.

“Piden igualdad ante la ley. También planteo que debe estar (la igualdad), pero no sobre delitos aberrantes”, señaló al tiempo que aseguró que lo que le hicieron a su hija fueron “hechos aberrantes”.

“Para nosotros esto es una forma de impunididad. Siempre nos estuvieron presionando de que todos no iban a ir a juicio, cosa que fue así. En el cuerpo de Natalia se encontraron restos genéticos de cinco personas, solamente fueron (condenados) tres. Y en realidad, en una nota que me dejaron en la tumba de mi hija, textualmente decía: ‘A tu hija por puta la matamos ocho polis'”, señaló.

Por su parte, Adoración Gutiérrez, la abogada de la familia Melmann, ratificó el rechazo ante la solicitud y explicó: “Consideran que por el cómputo de la pena y los años que llevan detenidos les corresponde, pero la ley de Ejecución Penal de la Provincia de Buenos Aires, en su artículo 100 y ya desde el año 2000, es decir, antes de que se cometiera el hecho que fue en 2001, ya establecía que no se otorgaría salidas transitorias, libertad condicional o beneficios de este tipo a los condenados que cometieran delitos gravísimos”.