ATE exige suspender decreto que limita el derecho de huelga
La medida judicial cuestionó el artículo del decreto presidencial que exige garantizar entre un 50 % y un 75 % del funcionamiento habitual en actividades calificadas como “esenciales” o de “importancia trascendental”.
La Asociación Trabajadores del Estado (ATE) presentó un recurso de amparo ante la Justicia para que se declare la inconstitucionalidad del decreto publicado en el Boletín Oficial y firmado por el presidente Javier Milei que limita el derecho a huelga a trabajadores de diversos sectores.
“El articulo 3 del DNU 340/25 que se cuestiona resulta totalmente ilegal e inconstitucional al desconocer el procedimiento y los requisitos constitucionales para su dictado y además afecta el principio de razonabilidad y de legalidad por intentar proscribir el derecho de huelga y desconocer el principio de progresividad”, afirmó la denuncia de ATE.
Según el gremio, la norma afecta derechos fundamentales de los trabajadores estatales al ampliar el espectro de los servicios considerados esenciales y limitar así la posibilidad de realizar huelgas.
“El derecho de huelga es nuestro derecho más importante. Si nos lo quitan, a los trabajadores no nos queda nada. Este decreto se lo escribieron al presidente las multinacionales y los grandes grupos empresarios del país. Tenemos que atacarlo en la Justicia y en la calle”, expresó en un comunicado Rodolfo Aguiar, secretario general de ATE.
La medida judicial cuestionó particularmente el artículo del decreto que exige garantizar entre un 50 % y un 75 % del funcionamiento habitual en actividades calificadas como “esenciales” o de “importancia trascendental”, aun en casos de conflictividad sindical.
“Prácticamente el mismo texto ya fue declarado inconstitucional. En esta instancia, no hay otra cosa que hacer más que ratificar lo anteriormente sentenciado”, señaló Aguiar, en referencia a un intento del Gobierno de Milei de impulsar una medida similar semanas después de su asunción y que fue bloqueado por la Justicia.
Según ATE, existe un “afectación ilegal, arbitraria y manifiesta del derecho de huelga, al principio de progresividad y al de libertad sindical”, respaldándose en normas de la Constitución argentina y convenios internacionales.
“Estamos frente a una inconstitucionalidad manifiesta. Esperemos que la Justicia actúe con rapidez. Los efectos de este decreto deben ser suspendidos inmediatamente”, agregó Aguiar.
El decreto, firmado por Milei el pasado miércoles, modifica la regulación laboral vigente y amplía el concepto de servicios esenciales, que hasta ahora incluían servicios sanitarios, hospitalarios, relativos agua potable, a la energía eléctrica, el gas y el control del tráfico aéreo, y que, tras el decreto, abarcan también a todas las ramas del transporte marítimo y fluvial, los servicios aduaneros, migratorios y la educación en todos sus niveles.
El Gobierno estableció a su vez como “actividades o servicios de importancia transcendental” una larga lista de actividades.
Incluyó la producción de medicamentos y/o insumos hospitalarios, el transporte terrestre y subterráneo, la radio y televisión, las actividades industriales, la industria alimenticia, la producción y distribución de materiales de construcción, todos los servicios aeroportuarios, los servicios logísticos, la actividad minera, la actividad frigorífica, el correo y la distribución y comercialización de alimentos y bebidas, entre otros.
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