Juzgarán a policía que mató al recuperador Emanuel Márquez en el predio de residuos
La Justicia de Garantías elevó a juicio oral la investigación del fiscal Alejandro Pellegrinelli, en la que está imputado el oficial subayudante Cristian Matías Andrade por el delito de "homicidio doblemente agravado por el uso de arma de fuego y por la condición de integrante de la fuerza de seguridad".
Emanuel Márquez.
El policía que mató al recuperador Emanuel Márquez en el predio de residuos en agosto del año pasado deberá afrontar un juicio oral.
Así lo resolvió la Justicia de Garantías, que avaló la investigación del fiscal Alejandro Pellegrinelli en la que está imputado el oficial subayudante Cristian Matías Andrade por el delito de “homicidio doblemente agravado por el uso de arma de fuego y por la condición de integrante de la fuerza de seguridad”.
En tanto, el magistrado Daniel De Marco, quien firmó la sentencia, confirmó el sobreseimiento del efectivo Jonathan Franco como habían solicitado oportunamente Pellegrinelli, y sus pares Paulo Cubas y Leandro Favaro, quienes también intervinieron en la pesquisa.
En la resolución de 75 páginas a la que tuvo acceso LA CAPITAL, De Marco detalló los hechos ocurridos el 16 de agosto de 2024 cuando por motivos aún desconocidos, en horas de la tarde se produjo una confrontación entre los recicladores Jonathan Polo y Emanuel Márquez. En ese contexto y en el afán de interceder, el oficial subayudante Andrade mantuvo una disputa con un grupo de personas que tenían en su poder piedras y palos.
Algunos testigos (otros recolectores) señalaron que la policía efectuó algunos disparos al aire y eso alteró los ánimos. Lo que siguió fue una suerte de revuelta contra los policías, algo que quedó reflejado en un video que circuló por las redes sociales. En esa secuencia se puede ver a Márquez blandiendo un fierro y atacando a los policías entre medio de dos automóviles estacionados. Junto a él otros recicladores también agreden a los policías.
Vale recordar que en su declaración posterior, el propio Andrade había dicho que los disturbios habían derivado en una situación peligrosa y caótica y que los recicladores que se habían acercado al puesto policial los agredían y buscaban sustraer sus armas reglamentarias.
Situándose en ese escenario, reconoció los disparos que efectuó con una escopeta. En ese sentido, la autopsia al cadáver de Márquez había indicó que recibió un disparo de arma larga. Así se desprendió de la extracción que los médicos forenses hicieron de un taco y nueve perdigones que estaban en el cuerpo del reciclador.
Ante esta situación, Andrade tomó su escopeta marca Mossberg 1720 provista por la comisaría quinta para ser utilizada por los funcionarios policiales que prestan servicio en el predio, y efectuó al menos un disparo que impactó en la cabeza de Márquez, que le provocó la muerte minutos después cuando era trasladado al Hospital Interzonal General de Agudos (HIGA).
Según las conclusiones posteriores de los peritos, Márquez y Andrade se encontraban relativamente enfrentados a no más de tres metros cuando el policía disparó su escopeta.
En su fallo, De Marco también declaró la nulidad de la requisitoria de juicio oral efectuada por la Comisión Provincial de la Memoria respecto de Franco. Este efectivo policial está investigado por el delito de lesiones como habían solicitado los abogados Marcos Bouzas y Joaquín Raña que actúan como representantes del particular damnificado, aunque por el momento no fue imputado.
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