Comienza a regir el registro único de vacunación en la provincia de Buenos Aires
La ley 15.070 publicada hoy en el Boletín Oficial modifica el artículo 8 de la ley 10.393 que regula todo lo referido a vacunación y a la realización de programas y campañas sobre el tema en la provincia de Buenos Aires.
El gobierno bonaerense promulgó hoy una ley que crea el Registro Único de Vacunación para la provincia de Buenos Aires, que centralizará toda la información referente a la aplicación del Calendario Nacional de Vacunación.
La ley 15.070 publicada hoy en el Boletín Oficial modifica el artículo 8 de la ley 10.393 que regula todo lo referido a vacunación y a la realización de programas y campañas sobre el tema en la provincia de Buenos Aires.
La norma se propone asegurar coberturas de inmunización para las enfermedades transmisibles prevalentes acorde con los recursos técnicos disponibles, ahora con un registro nominal que incluye datos personales (apellidos, nombres, fecha de nacimiento, sexo, número de Documento Nacional de Identidad, y dirección); sanitarios, (identificación personal en el sistema público sanitario, número de Obra Social o Seguridad Social ) y de vacunación (fabricante y lote).
Previo a esta modificación las autoridades sanitarias registraban la dosis de la vacuna aplicada a cada persona solo en la Libreta Sanitaria personal o mediante la extensión de un certificado de vacunación considerado documento personal.
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