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Opinión 30 de mayo de 2021

El derecho de patentes permanece intocable frente a la pandemia

El comercio y su organismo rector (OMC) prevalecen sobre la salud y su organismo (OMS).

Por Jorge Osvaldo Novelli (*)

En una nota anterior, publicada en este diario, expresamos que el mundo entero se encontraba en pausa esperando las vacunas salvadoras que permitieran superar esta verdadera caja de Pandora que resultó la pandemia.

Al mismo tiempo alertamos, que aún superados todos los obstáculos técnicos que suponían el desarrollo de tales vacunas, todavía resultaba necesario que la misma pudiera ser producida a escala gigantesca y distribuida rápida y equitativamente en la población de todos los países y que para este propósito los derechos de propiedad industrial, específicamente el derecho de patentes, constituiría un obstáculo a una eficaz vacunación contra la Covid-19.

También apuntamos que, precisamente por ello, la organización Mundial de la Salud (OMS) y un puñado de países, habían propuesto que una futura vacuna contra el coronavirus fuera calificada como “bien público mundial”, o sea que quedara excluida del régimen de patentamiento, lo que posibilitaría un acceso universal, rápido e igualitario a la misma.

Transcurrido casi un año de tal trabajo, los hechos ocurridos confirmaron el diagnóstico, pero por el contrario, ninguna de nuestras aspiraciones está cercana a hacerse realidad.

En efecto, aún cuando se estima que la pandemia sólo podrá darse por concluida una vez que aproximadamente el 70% de la población mundial se encuentre vacunada, en el ámbito internacional la propuesta de suspender transitoriamente el derecho de patentes no fue aprobada por la Organización Mundial del Comercio (OMC).

En el ámbito nacional, nuestro gobierno aceptó la propuesta impulsada por los grandes laboratorios multinacionales en el seno de la OMS -el mecanismo COVAX-; negoció en forma bilateral la compra de vacunas a distintos laboratorios y lejos estuvo de analizar la aplicación del instituto de la licencia obligatoria prevista en la ley de patentes.

Analizaremos ambos escenarios

En cuanto al internacional, el debate en la OMC sobre la suspensión del derecho de patente sobre la vacuna, repitió el tradicional enfrentamiento entre los países desarrollados y los denominados -eufemísticamente- países en vías de desarrollo, que ya se había producido durante la última ronda de negociaciones del extinto G.A.T.T. (ronda iniciada en Uruguay) y la primera ronda de la nueva OMC. (ronda iniciada en Doha).

Fácil es advertir que los países poseedores de la tecnología y el conocimiento científico propongan la instauración y defensa irrestricta de la propiedad intelectual a nivel global -lo que les permite perpetuar su ventaja en este campo y obtener importantes ganancias- y los restantes países la acepten sólo con restricciones.

Dado que las resoluciones en el seno de la OMC se adoptan por consenso y no por mayoría, era previsible que la iniciativa de suspender las patentes sobre las vacunas contra la Covid 19 estaba condenada al fracaso y así ocurrió. En las distintas reuniones llevadas a cabo a fines del año pasado en el Consejo sobre los Acuerdos de Propiedad Intelectual (Adpic), a pesar de que más de 100 países apoyaron la iniciativa impulsada por India y Sudáfrica, la postura opuesta de las naciones más ricas la hicieron naufragar.

Los países ricos sostuvieron que no era necesario suspender los derechos de propiedad intelectual, apoyados en dos argumentos:

1. El Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual aprobado al finalizar la ronda Uruguay (Marruecos, 1994) ya ofrece suficiente flexibilidad mediante el establecimiento de un sistema de licencias obligatorias.

2. No hay ninguna prueba que los derechos de propiedad intelectual sean una verdadera barrera respecto a los medicamentos y tecnologías relacionados con la Covid-19.

Pero a todas luces, la defensa más fuerte de las patentes sobre las vacunas del Covid se concretó mediante la creación del mecanismo COVAX, presentado como una forma de asegurar un acceso más equitativo a las vacunas, aún por parte de los países más pobres.

A criterio del que escribe, ninguna de estas consideraciones es suficiente para justificar una negativa a suspender -aunque más no sea temporalmente- los derechos de propiedad industrial sobre las vacunas y sólo demuestran que, ni la mayor crisis sanitaria de la humanidad logra alterar la lógica mercantilista que gobierna la sociedad.

En cuanto al sistema de licencias obligatorias, la experiencia confirma que desde 1995 su aplicación ha resultado excepcional. Muy pocos estados han exhibido la voluntad y la fuerza política necesarias para enfrentar a los laboratorios multinacionales, sabiendo que tales disputas siempre encierran un desenlace imprevisible.

En los últimos meses, tal asimetría de poder es más visible que nunca, cuando numerosos estados nacionales se han visto obligados a mendigar la entrega de vacunas.

En cuanto a que el sistema de propiedad industrial establecido a nivel global no constituya una barrera respecto a los medicamentos y tecnologías relacionados con la Covid 19, las cifras de producción de vacunas y de su distribución demuestran exactamente lo contrario. Según la Organización de las Naciones Unidas (ONU), el 75% de las dosis administradas de vacunas se ha concentrado en diez países. Se calcula que de recibir las dosis ya adquiridas, la Unión Europea podría vacunar dos veces a su población, el Reino Unido y Estados Unidos podrían hacerlo cuatro veces y Canadá seis veces. Demás está decir que, precisamente tales países son los opuestos a una liberación del derecho de patentes sobre las vacunas.

La propiedad industrial, decididamente constituye una barrera -hasta ahora infranqueable- a la fabricación de más vacunas contra la Covid-19, porque de suspenderse sus normas, otros países podrían iniciar su producción; entre éstos se encuentra la Argentina.

Pero como fuera anticipado, la patraña más grande creada para asegurar la intangibilidad del derecho de patentes es el mecanismo COVAX.

COVAX, que se muestra como un instrumento de altruismo, es en realidad un fondo financiero, una especie de banco comercial destinado a hacer compras a gran escala de vacunas, que funciona como intermediario entre los laboratorios multinacionales y los estados nacionales.

Pero ni siquiera se trata de un intermediario neutral, sino que todas sus acciones están orientadas a favorecer a los grandes laboratorios. Los países adherentes en calidad de autofinanciados no pueden cuestionar los precios, ni las condiciones leoninas de la contratación, deben anticipar el precio de sus adquisiciones -lo que implica una financiación sin costo para la industria farmacéutica- y deben establecer normas legales que aseguren a los proveedores absoluta inmunidad.

Por otra parte, COVAX lejos está de lograr una distribución suficiente y más equitativa de las vacunas en el mundo. Su objetivo declarado fue el de asegurar la vacunación del 20% más vulnerable de la población mundial y para ello debiera garantizar 2000 millones de dosis de una vacuna segura y efectiva. Como hace unas semanas lo publicara The Walt Street Journal “el COVAX se está quedando sin vacunas, justo cuando hay un auge de casos de Covid-19 en los países que debía proteger: los países de ingresos bajos y medios de América Latina y el sur de Asia. El programa lleva enviados 72 millones de dosis, muy por debajo de los 238 millones que planeaba haber despachado para estas fechas. Eso representa apenas el 4% del total de 1700 millones de vacunas distribuidas en todo el mundo”.

Varios factores determinan el fracaso inicial de COVAX. El Instituto Serum de la India que se imaginaba como su principal proveedor de una cartera diversificada de vacunas, debió interrumpir la exportación de vacunas ante la crisis sanitaria desatada en su país, los países ricos que habían prometido financiar a COVAX priorizaron la compra de sus propias dosis y otros países adherentes no hicieron efectivos los aportes que habían prometido.

En cuanto al escenario nacional, es claro que Argentina no escapó a la situación de la mayoría de los países de ingresos bajos y medios del mundo. Si bien intentó obtener el mayor número posible de vacunas a través de la contratación directa y simultáneamente por medio del mecanismo COVAX, la escasez mundial de vacunas y su acaparamiento por parte de los países desarrollados frustró la meta de obtener un ritmo suficiente de vacunación para mitigar los efectos de la segunda ola de la pandemia.

Esta frustración resulta irritante si se tiene en cuenta que junto a Sudáfrica y Brasil, Argentina es uno de los países que, de eliminarse la patente sobre la vacuna, cuenta con la capacidad científica y técnica para producirla localmente. Es ampliamente conocido que un laboratorio instalado en la localidad bonaerense de Garín (MABxience) fabricó el principio activo necesario para elaborar al menos 40 millones de dosis (fórmula de Oxford-Astra Zeneca) y también se pudo saber que un laboratorio instalado en el parque industrial de Batán (Gihon) es uno de los pocos fabricantes de la sustancia que permite conservar las vacunas (Thimesoral).

De tal forma, es válido afirmar que Argentina exporta los componentes más importantes de las vacunas que a posteriori mendiga importar. Lo que hace pensar que exclusivamente los países con suficiente poder soberano, pueden resolver el cierre de las exportaciones o el otorgamiento de licencias obligatorias. Lamentablemente no parece ser nuestro caso.

Y tal debilidad, también se evidencia en la sanción de la ley 27.573 en noviembre del año pasado, necesaria para adherir al mecanismo COVAX. El texto legal permite al Poder Ejecutivo Nacional aceptar cláusulas que establezcan la prórroga de jurisdicción a favor de tribunales arbitrales y judiciales extranjeros y que dispongan la renuncia a oponer la defensa de inmunidad soberana (art. 2do.). A su turno, el art. 4to. lo faculta a aceptar aquellas cláusulas que establezcan condiciones de indemnidad patrimonial respecto de indemnizaciones y otras reclamos pecuniarias en favor de quienes participen de la investigación, desarrollo, fabricación, provisión y suministro de las vacunas y a incluir cláusulas o acuerdos de confidencialidad.

Todo ello obviamente constituye un trago amargo, tan amargo como la derrota de la salud frente al comercio.

(*) Ex profesor de la Universidad Nacional de Mar del Plata y ex juez de la Provincia de Buenos Aires.