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Policiales 3 de julio de 2018

Absolvieron a Panadero por el crimen de Natalia Melmann

El Tribunal Oral en lo Criminal Nº4 consideró que no se pudo acreditar la participación del ex sargento de la Policía en el secuestro, tortura, violación y asesinato de la adolescente en Miramar en 2001. En 2002, otros tres efectivos habían sido condenados a cadena perpetua.

El sargento de Policía Ricardo Panadero.

El Tribunal Oral en lo Criminal N°4 absolvió por unanimidad al ex sargento de Policía Ricardo Panadero por considerar que no quedó acreditado durante el debate que hubiera participado del secuestro, tortura, violación y asesinato de Natalia Melmann en Miramar en 2001.

Panadero estaba imputado por el delito de “privación ilegítima de la libertad agravada por el uso de violencia, abuso sexual agravado por acceso carnal y por la participación de dos o más personas y homicidio agravado por la participación de dos o más personas y criminis causa”.

Para los jueces Jorge Peralta, Fabián Riquert y Juan Manuel Sueyro el resultado del ADN de un vello púbico masculino encontrado en el cuerpo de Natalia Melmann y los testimonios de testigos de la fiscalía y la querella “no alcanzan para condenar a Panadero”.

Tanto la fiscal Ana María Caro, como la abogada querellante Lisa Cabral, en sus alegatos habían pedido la cadena perpetua para Ricardo Panadero, mientras que su defensor, Lautaro Resua, había solicitado la absolución.

Un ADN no excluyente

Sobre la desestimación de los jueces de los estudios de ADN, la fiscal explicó: “La pericia sí dio que hubo un hallazgo de coincidencia y la perito aseguró que no se podía excluir a Panadero como donante de ese perfil genético a Panadero”.

“Ese vello pubiano que se extrajo de la autopsia estaba degradado, y esa degradación hizo que los peritos no pudieran tener la información genética como hubiesen querido”, finalizó la fiscal.

“Que 17 años pueden haber influido sobre toda esta cuestión es indudable. Pero desde que, en 2014, comencé a investigar la causa he intentado hacer el mejor trabajo posible, trayendo al Tribunal toda la prueba que consideré que era la evidencia que lo imputaba a Panadero en este juicio”, expresó la fiscal Ana María Caro.

“Lo cierto es que hay otras posibilidades de aquí en adelante. Existen las instancias superiores en las que esta sentencia puede ser revisada”, dijo la fiscal, y remarcó que, de todas maneras, “la posibilidad de la revisión la tiene la Fiscalía General”.

La fiscal no quiso expresarse sobre si recibió o no apoyo de la Fiscalía General en esta causa y sólo se limitó a explicar que ella cumplía funciones en la Fiscalía de Miramar, pero que luego fue trasladada a la Fiscalía de Flagrancia en Mar del Plata. “He llevado la investigación, he llegado a juicio y he estado en todas las jornadas”, expresó.

“Me pareció muy fuerte la discriminación de testigos”

La abogada de la familia de Natalia Melmann, Lisa Cabral, interrumpió la entrevista con LA CAPITAL al escuchar los disparos de la policía contra las manifestantes en la puerta de Tribunales. “Las mujeres le ponen el cuerpo a las balas de goma que disparan, le ponen el cuerpo a todo esto. Estoy muy conmovida”, expresó.

Sobre la sentencia, Cabral la calificó de “errónea”. “El hallazgo de coincidencia del ADN no se consideró o se consideró negativamente”, expresó.

“Lo más tremendo me pareció la desacreditación de los testigos. Me pareció muy fuerte la discriminación contra ellos, a uno que manifestó haber visto a Panadero se lo desacreditó por no tener donde vivir y también fueron desacreditadas las jóvenes que habían ido a bailar”, dijo Cabral sobre la postura de los jueces.

“Nos quedará al momento de la apelación evaluar la sentencia de manera más fina”, dijo finalmente Lisa Cabral.

Absolución por “una prueba escasa”

El abogado defensor de Panadero, Lautaro Resua, se mostró muy satisfecho por la absolución del imputado y consideró que “se logró el objetivo después de tantos años”.

“La prueba fue escasa. Se intentó obtener una condena con un testimonio de hace 17 años y que no había sido tenida en cuenta en el juicio de 2002”, expresó el abogado.

“La lógica nos muestra que avanzó la tecnología y los medios comparativos de ADN y eso no pudo ser evacuado eficientemente con la prueba por parte del Ministerio Público Fiscal y la querella. La prueba dejó insatisfechas a las partes”, concluyó Resua.

Argumentos de una absolución

La sentencia de los jueces Peralta, Riquert y Sueyro fue unánime. Los integrantes del TOC Nº4 consideraron que la información brindada por la perita que hizo el análisis de ADN y el testimonio de un testigo “no alcanza para condenar a Panadero”.

“La especialista en genética, quien por cierto se encargó de realizar el único examen sobre el vello secuestrado en la autopsia, fue preguntada y repreguntada por las partes sobre el índice de verosimilitud con el perfil del acusado y terminó diciendo que se encontraba ‘en la zona de los grises’, que el resultado no le permitía efectuar afirmaciones en uno y otro sentido. En varias oportunidades las partes le pidieron que exprese en porcentaje de probabilidad la correspondencia entre los perfiles genéticos de ambas muestras y dijo no estar en condiciones de hacerlo”, expresaron los jueces en la sentencia.

“Desde el primer momento hubo y se expresaron dudas sobre la veracidad de este testigo”, argumentaron los jueces en la sentencia, sobre el testimonio del joven que dijo haber visto a Panadero en el patrullero en el que subieron a Natalia Melmann.

“El relato involucra a personas que no pudieron haber participado del modo que nos dijo (testimonios a los que se ha reconocido credibilidad); identificó a un amigo, pasando en auto por allí y emprendiendo ambos la persecución de la patrulla en la que llevaban a Natalia, pero no se supo nada de esa persona peses a los constatados esfuerzos que se llevaron a cabo para dar con ella; dijo que a nadie le contó lo que había visto, ni siquiera a Diego mientras iban en el auto, pero eso no debió ser así porque su versión, verdadera o no, tomó estado público y se le tomó declaración el 29 de septiembre de 2001; dijo que un Secretario del entonces Procurador de la Suprema Corte lo alojó en su casa durante seis meses, ocultándolo, y que durante dos años su familia lo creyó muerto porque a sus allegados no les habían avisado que se le estaba protegiendo en otra ciudad”, resaltaron en la sentencia.

Para los jueces, la versión del testigo es “de película”, y no pudo ser corroborada con prueba fáctica. Además, consideraron que estos testimonios “chocan con los de personas cuyas credibilidades no han sido puestas en duda por las partes”.

“Según Lojo, el perfil genético detectado en el vello puede corresponder o no al acusado. Y al testimonio del testigo se le puede considerar del modo que recién ahora propusieron los acusadores”, consideraron los jueces y concluyeron: “No hay prueba de cargo suficiente, la absolución es lo que corresponde”.

El caso

La sentencia absolutoria de Panadero se da 17 años después de ocurrido el asesinato de Natalia Melmann y 16 años después del juicio en el que se condenó, también a cadena perpetua, a los policías Ricardo Suárez, Oscar Echenique y Ricardo Anselmini.

Panadero había sido sobreseído antes de la elevación a juicio de la causa, pero, a partir de una resolución de la Suprema Corte provincial que dispuso que se revocara aquel sobreseimiento y el caso volviera a primera instancia, pudo ser juzgado.

Los tres policías que ya fueron condenados por este crimen gozan actualmente de salidas transitorias cada 15 días y el Tribunal de Casación bonaerense debe resolver aún un recurso presentado por la familia de la adolescente asesinada para que sea revocado este beneficio.

El crimen de Natalia Melmann sacudió a la sociedad de Miramar y tuvo un gran impacto a nivel nacional en el verano de 2001.

La chica, de 15 años, desapareció el 4 de febrero de ese año, y su cuerpo sin vida fue hallado cuatro días después en el vivero de esa ciudad balnearia. Las pericias realizadas determinaron que Natalia había sido golpeada, violada y estrangulada con un cordón de una de sus zapatillas.

Además de los tres policías condenados en septiembre de 2002, por el crimen fue sentenciado a 19 años de prisión Gustavo Gallo” Fernández, quien fue imputado como partícipe necesario del delito de privación ilegal de la libertad agravada.

A esa condena se sumaron 6 años de una anterior, pero luego esa pena fue reducida a 10 años, por lo que Fernández es el único imputado que recuperó la libertad tras ser condenado por el crimen.