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Policiales 19 de septiembre de 2018

Abusó de su pequeña hija y acordó una pena de 3 años de prisión en suspenso

El hombre fue sentenciado a 3 años de prisión en suspenso por efectuarle tocamientos a la niña entre 2013 y 2015. La menor pudo contar lo que había ocurrido a la mamá de una amiga.

Un hombre fue condenado a 3 años de prisión en suspenso por abusar sexualmente de su pequeña hija entre 2013 y 2015.

La sentencia, escrita por el juez Fabián Luis Riquert, se conoció tras un juicio abreviado acordado por la fiscal Andrea Gómez y por la defensa del imputado.

Si bien la versión que dio el autor de los hechos fue exculpatoria, la declaración de la niña en cámara Gesell, otros testimonios, y varios peritajes los investigadores lograron probar que el abuso había existido.

Según se desprende del fallo, las agresiones consistían en tocamientos que el adulto le efectuaba a la menor cuando tenía entre 8 y 11 años. De acuerdo a la información recabada, los padres de la niña estaban separados y cuando ella y su hermano iban a la casa de su padre, ubicada en el barrio Estrada, se producían los ataques.

Los datos del condenado no pueden trascender por la identificación indirecta de la víctima. 

“La hacía acostarse sobre una cama, le sacaba la bombacha, se tiraba encima de ella y mientras la tocaba en sus partes íntimas introducía su lengua dentro de la boca de la niña”, cita el documento que lleva la firma de Riquert.
Y agrega: “Le decía que era un juego, la besaba”.

En cámara Gesell, la víctima explicó que su padre “paraba” cuando se despertaba su hermano. Y ahí lo instaba al otro niño a hacer lo mismo. También mencionó que las agresiones ocurrieron hasta que su padre se juntó con otra mujer.

La denuncia

La denuncia del caso fue realizada por la madre de la menor en 2015 y tomó intervención el fiscal Fernando Castro. Tras varias idas y vueltas, la causa recayó en la fiscalía de Andrea Gómez.

Después de recabar distintos datos y testimonios, la investigadora logró reunir las pruebas suficientes para que el agresor fuera juzgado. Y junto a la defensa acordaron que fuera en un debate abreviado.

La pena fijada fue en suspenso por pedido de ambas partes, porque incluso la víctima rechazaba la posibilidad de que su padre fuera a la cárcel. Sí había pedido expresamente no verlo más (y que su hermano tampoco lo haga) y cambiarse el apellido.

Antes de eso, debió atravesar momentos de angustia y nerviosismo. Primero, porque el hombre la había amenazado con matarla a ella, a su madre y a su hermano si contaba lo que ocurría.

Y luego por la forma en la que finalmente reveló el caso: un día, jugando con una amiga de la escuela, le dio un beso en la boca y la otra niña se lo contó a su mamá. Entonces, la mujer, que a su vez era amiga de la madre de la víctima y estudiaba licenciatura en Servicios Sociales, se sentó a hablar con ella.

Ya para ese momento la había notado un comportamiento distinto, “más apagado”, al que tenía años atrás. Durante la charla, la menor rompió el llanto y visiblemente angustiada confesó las situaciones que había vivido.

Acto seguido, la mujer habló con la madre de la niña, quien también declaró haber notado el cambio en el ánimo de su hija. “Después de contarlo volvió a ser la nena de siempre, más relajada”, declaró luego la madre a la Justicia.

La perito en psicología que analizó la declaración de la víctima concluyó que no hay evidencia de tendencia a fabulación ni inducción por parte de algún adulto en su entorno. “Es un discurso coherente y sin autocontradicciones”, describió. Además, indicó que la versión de su madre en sede judicial es concordante con el informe realizado al momento de la denuncia.

Por su parte, y como se explicó antes, al ser acusado el hombre se declaró inocente y atribuyó la denuncia a una venganza de su ex pareja. Sin embargo, los análisis de los peritos no lo favorecieron.

Otras dos peritos analizaron el comportamiento del hombre y manifestaron que “no presenta en su estado actual sintomatología de psicosis, síndrome demencial o alienación mental, por lo cual tiene capacidad para dirigir sus acciones y valorar el alcance de sus actos”.

Y añadieron que “en un 70 por ciento de los individuos con antecedentes de haber cometido abuso sexual no se encuentran signos ni síntomas de patología evidenciable durante la evaluación semiológica, explicable esto debido a que los conflictos de los impulsos sexuales son reprimidos, liberándose en determinadas circunstancias propicias, entorno adecuado, víctimas vulnerables”.

Al respecto, apoyaron el pedido de la niña de no volver a ver a su padre. “Dado que los patrones de conducta sexual tienden a reiterarse, existe una peligrosidad latente”, fundamentaron su postura.

El fallo

Una vez analizadas todas las cuestiones, el juez Riquert decidió aceptar el acuerdo entre la fiscalía y la defensa y condenó al imputado a 3 años de prisión de ejecución condicional por “abuso sexual simple agravado por el vínculo”. Y si bien permanecerá libre pero no podrá tomar contacto con su hija.

En el fallo, el magistrado impuso una serie de condiciones al hombre, entre las que se encuentran la fijación de un domicilio, el sometimiento al contralor del Patronato de Liberados, y la restricción de acercamiento a los miembros de su familia. El único atenuante a la hora de dictar la condena contra el hombre fue la ausencia de antecedentes penales.