CERRAR

La Capital - Logo

× El País El Mundo La Zona Cultura Tecnología Gastronomía Salud Interés General La Ciudad Deportes Arte y Espectáculos Policiales Cartelera Fotos de Familia Clasificados Fúnebres
El País 27 de abril de 2023

Amplían el listado de productos de las economías regionales incluidos en el dólar agro

El Ministerio de Economía incorporó derivados de cadenas de hortalizas, alimentos para animales, frutas frescas, carne ovina, salvados y moyuelos.

Las hortalizas se suman al dólar agro.

El Ministerio de Economía amplió el listado de los productos de las economías regionales alcanzadas por el Programa de Incremento Exportador (PIE), que establece un tipo de cambio diferencial temporal de 300 pesos por dólar hasta el 31 de octubre, a través de la resolución 160/2023 publicada hoy en el Boletín Oficial.

La misma estableció que las mercaderías que se incorporan son productos derivados de cadenas de hortalizas (frescas, congeladas y conservadas), preparaciones alimenticias para animales, frutas frescas y sus productos derivados; carne ovina, salvados y moyuelos provenientes de la molienda de cereales, semillas hortícolas y de otras especies.

La semana pasada Economía anunció el ingreso de más de una veintena de producciones de economías regionales, siendo los principales complejos incorporados el vitivinícola, olivícola, apícola, pesquero, foresto-industrial, de la lana, legumbres, ajo, té, manicero, tabaquero, limonero, de la ciruela, maíz pisingallo, frutas finas, frutos secos, girasol confitero, mandarinas, naranjas, arroz, arándanos, peras y manzanas, cebolla, kiwi, pomelo, entre otros.

Esta semana incorporó al sorgo, la cebada forrajera y al girasol y sus principales derivados, como el aceite y la harina.

Requisitos

Los requisitos para todos los productos de las economías regionales que deben cumplir los interesados en acceder a los beneficios del programa son haber exportado las mercaderías en algún momento de los 18 meses inmediatos anteriores a la entrada en vigencia del decreto 194, así como asumir el compromiso de mantener o incrementar la cantidad de puestos de trabajo.

También deben comprometerse a abastecer el mercado local con esas mercaderías, debiendo mantener o incrementar los volúmenes de abastecimiento que registrare en los 18 meses anteriores a la vigencia del referido decreto.

Por último, tendrán que cumplir con el programa Precios Justos o los acuerdos de precios para el mercado local que al respecto establezca la Secretaría de Comercio.