Policiales

Ataques nazis: rechazaron el acuerdo del fiscal y los acusados irán a juicio oral

El Tribunal reconoció el planteo presentado por un abogado de la DAIA que figura como querellante de la causa y no aceptaron el juicio abreviado. Por otra parte, no detectaron irregularidades en el trabajo del fiscal Juan Manuel Pettigiani, quien seguirá a cargo del caso. 

El Tribunal Federal rechazó la posibilidad de que la situación de los ocho imputados acusados de haber participado de ataques nazis en la ciudad se resolviera en un juicio abreviado como habían acordado entre el fiscal y la defensa. De esta manera, el caso irá a juicio oral y público, como había reclamado la querella y distintas organizaciones sociales.

Los jueces Néstor Ruben Parra, Mario Alberto Portela y Roberto Falcone rechazaron el acuerdo firmado por el fiscal Juan Manuel Pettigiani y la defensa de los ocho imputados y consideraron que se necesita “acceder a un mejor conocimiento de los hechos en el marco de un juicio oral y público”.

La resolución afecta a Oleksandr Levchenko, Alan Emanuel Olea, Gonzalo Paniagua, Nicolás Caputo, Franco Martín Pozas, Giuliano y Giordano Spagnolo, y otro joven cuya identidad no se difunde porque era menor al momento de ocurridos los hechos. Todos están presos desde hace más de un año.

Para el fiscal federal Pettigiani no había quedado acreditado que los jóvenes hayan integrado una organización de bandera neonazi. Por su parte, la defensa había cuestionado el procedimiento que terminó con la captura de los acusados y manifestó que se trata de “presos políticos que están detenidos por causas armadas”.

Luego del repudio generalizada por las víctimas de los ataques y organizaciones sociales que reclamaron que el caso llegara a juicio oral, la semana pasada se realizó una audiencia en la que la querella pudo exponer sus argumentos.

En la audiencia, el representante de la Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas (DAIA), Andrés Daniel Popritkin, expresó que debería rechazarse en todos sus términos el acuerdo de juicio abreviado.  

Popritkin sostuvo que el fiscal Pettigiani “excluyó tres hechos contenidos en el requerimiento de elevación a juicio, pretendiendo de ese modo apartar la calificación” y consideró que “la totalidad de elementos colectados deben ser calificados como crímenes de odio, esto en el entendimiento que las amenazas, lesiones y daños imputados respondieron a una ideología autoritaria”.

A su turno, el abogado de una de las víctimas se expresó en la misma sintonía que el abogado de la DAIA y consideró que “Pettigiani descontextualizó los hechos al escindirlos del patrón ideológico autoritario en el que se gestó su comisión“.

De esta manera, los jueces Parra, Portela y Falcone concluyeron necesario rechazar el acuerdo de juicio abreviado y llegar a un juicio oral y público para poder ventilar los hechos y profundizar el debate para determinar si se trataron, o no, de agresiones realizadas por organizaciones nazis fomentadas por el odio.

Por otra parte, a pesar de rechazar el acuerdo de juicio abreviado, los jueces resolvieron que no corresponde apartar al fiscal Pettigiani del caso ya que “no se advierte la inobservancia del principio de objetividad que debe guiar su intervención en el proceso”. Para los jueces, Pettigiani no cometió ninguna irregularidad.

 

Te puede interesar

Cargando...
Cargando...
Cargando...