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Policiales 9 de noviembre de 2018

Caso Lucía Pérez: el fiscal pidió perpetua para Farías y 18 años de prisión para Offidani

Farías fue considerado culpable de violación seguida de muerte en contexto de violencia de género con el agravante del suministro de estupefacientes a una menor y Offidani actuó como partícipe secundario.

Aldo Carnevale, Pablo Viñas y Facundo Gómez Urso, durante una de las audiencias del juicio por el caso Lucía Pérez

El fiscal Daniel Vicente solicitó la pena de prisión perpetua para Matías Farías y 18 años de prisión para Juan Pablo Offidani en el marco de su alegato en el juicio por el caso de la muerte de la adolescente Lucía Pérez, a la vez que levantó la acusación contra Alejandro Maciel por encubrimiento agravado.

El representante del Ministerio Público, en su alegato de unas dos horas ante el Tribunal Oral en lo Criminal N°1, consideró que Farias es culpable de abuso sexual violento con acceso carnal, con dolo violento, agravado por resultar muerta la persona ofendida, facilitado por el suministro de estupefacientes y concurre idealmente con la figura de femicidio, mientras que Offidani actuó como partícipe secundario.

“Un hombre de 23 años (Farías) secundado por uno de 40 (Offidani); y una adolescente de 16 (Lucía Pérez). Un proveedor de droga que no consume cocaína; y una consumidora de modo abusivo de diversas sustancias estupefacientes adictivas. Un proveedor que fía; y una adolescente sin ingresos propios. La puesta a disposición de un vehículo para llevarla y traerla; frente a quien no tiene un medio de transporte propio. Eso es una relación desigual de poder para este caso concreto, de la que resultó afectada la integridad física, sexual, la seguridad personal y la vida de Lucía Pérez Montero. Y con eso, sin ninguna duda, su capacidad de consentir con libertad la decisión de tener relaciones sexuales con Matías Farías”, consideró Vicente.

Para el fiscal -que estuvo frente al juicio luego de que la cuestionada fiscal María Isabel Sánchez dejara la causa- quedó demostrado que “Farías tenía un plan: el cobrarle la mercancia a Lucía, venderle más y acceder carnalmente a ella. A sabiendas de que, el rol esperable de este tipo de chicas, adolescentes, consumidoras de tóxicos de manera abusivas y sin ingresos propios, en su imaginario, propio de la sociedad patriarcal, es servir para saciar la necesidad sexual suya como hombre. Y así fue que la fue a buscar con su compadre y ladero, a sabiendo de todo lo que había ocurrido en su vehículo el día anterior, de lo insistente que estaba Farías de tener contacto con Lucía”.

“No hay que ver lo sucedido con una perspectivo sesgado al género femenino, sino de género. Esta perspectiva busco incluir a ambos géneros, pero marcar la diferencia de poder que hay entre ellos y aún dentro de ellos”, remarcó el fiscal y agregó: “Hemos asumido que la perspectiva androcéntrica es la neutra, porque la hemos vivida como lo propio, lo normal. Por eso ese esfuerzo consciente que tenemos que hacer todos los días para ver las cosas desde la perspectiva de género”.

“En casos como como este, esa perspectiva androcéntrica, nos hace creer que si no hay huellas de defensa en la víctima o lesiones extremadamente crueles no hay abuso sexual. Nos hace perder de vista que el problema está en la asimetría de poder, entre víctima y victimario que se vive en una sociedad determinada y en un caso determinado”, prosiguió en su alegato Vicente y agregó: “Con esta perspectiva hay que encarar este caso concreto y ver que en este tipo de delitos, el abuso sexual, las víctimas mujeres están sobrerepresentadas. Estadísticamente, las mujeres, las niñas y los niños resultan ser las principales víctimas de atentados a la libre determinación sexual”.

“El concepto de violencia en el abuso sexual, a nuestro juicio, hay que integrarlo con perspectiva de género. La víctima es una mujer, no hay que esperar a que haya marcas de lucha, de forcejeos, de defensa o de uso desmedido de fuerza para determinar el concepto de violencia. Hay que ver si hay conductas, que de manera directa o indirecta, basadas en una situación desigual de poder, han afectado la integridad física, sexual, personal o aún la vida de esa mujer. Y que de algún modo no le hubieran permitido consentir libremente la decisión de tener relaciones sexuales. Y en este caso hay sobradas cuentas de que esto pasó”, explicó el fiscal Vicente.

Para el fiscal en todo momento el contexto en que Lucía Pérez perdió la vida fue de violencia de género. “El victimario cosifica a la mujer, la considera un mero instrumento para la satisfacción de su apetito sexual”, expresó y explicó cómo Farías y Offidani consideran a la mujer, que justamente es la víctima de la propia violencia que ejercen: a Farías como un hombre obsesionado con el sexo, y a Offidani como alguien prácticamente adicto a la pornografía. “Ambos cosifican a la mujer, la consideran un mero instrumento para la satisfacción sexual”, concluyó al respecto.

“Esta situación, vista desde una perspectiva de género, es indicador de cómo cosifican a la mujer. Y eso es violencia de género”, remarcó el fiscal.

Para Vicente no quedan dudas de que Lucía Pérez fue abusada sexualmente en “un contexto de violencia de género por cosificación a la mujer y que para su facilitación se usaron estupefacientes, que potenciaron la situación de vulnerabilidad en concreto”. “A Lucía no se le permitió consentir con plenitud la libertad de la acción. Ese abuso implicó acceso carnal de la víctima, que fue brusco o violento, justamente bajo los parámetros de cosificación concedido por Farías y Offidani. Además de ese abuso, y en condiciones de intoxicación por drogas entregadas por el autor, él mismo debió representarse como posible la muerte de la víctima”, argumentó el fiscal.

De esta manera, para Vicente el hecho debe ser enmarcado penalmente como abuso sexual violento con acceso carnal, con dolo violento, agravado por resultar muerta la persona ofendida, facilitado por el suministro de estupefacientes y concurre idealmente con la figura de femicidio. “La muerte de la menor se da en manos de un hombre en contexto de violencia de género con dolo eventual”, explicó.

Para el fiscal no caben dudas que Farés es el autor material del hecho y Offidani un partícipe secundario. Sin embargo, sí considera que ambos son coautores de la tenencia de estupefacientes con fines para su comercialización, agravado esto por venderle a menores y en proximidades de un establecimiento educativo.

Por su parte, en cuanto a Alejandro Maciel, que llegó al juicio imputado por “encubrimiento agravado”, el fiscal consideró que no se ha podido probar su imputación y, sin elementos suficientes para acusarlo, solicitó su libre absolución y su inmediata libertad.

El lunes, ante los jueces Facundo Gómez Urso, Pablo Viñas y Aldo Carnavale, el juicio continuará con el alegato del abogado de la familia de Lucía Pérez, Gustavo Marcelliac, quien acompañará al fiscal Vicente en el pedido de pena perpetua para Farías, pero argumentará que Offidani es coautor de los hechos juzgado y por tal motivo le compete recibir la misma pena. Además, no retirará la acusación que pesa sobre Maciel y pedirá que sea condenado por “encubrimiento agravado”. Finalmente, terminado los alegatos acusatorios, será el turno de la defensora oficial, Laura Solari.

 

 



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